17 de Marzo de 2004

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 10:00 horas del día 17 de marzo de 2004, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESION ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los corporativos Iñake Urrestarazu Azurmendi, Jesús Mª Martiarena Jaca, Aroia Goienetxea Egibar y Aitor Ocerín Ibáñez.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 1 de marzo de 2004

Se aprueba por unanimidad el acta de la sesión celebrada el día 1 de marzo de 2004.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

2.- Dación de cuenta de resoluciones de alcaldía.

El alcalde da cuenta de los decretos dictados desde la última Junta de Gobierno Local.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

3.- Propuesta para la aprobación de modificación del proyecto de rehabilitación de Frantzisko Gaintza, nº 2 (Gaxparrenea), presentado por Iñigo Azkue Goya.

Iñigo Azkue Goya presentó, el día 16 de febrero pasado, proyecto reformado, visado el día 12 de febrero, relativo a la licencia de rehabilitación del edificio sito en calle Gaintza, nº 2, y solicita licencia para realizar una modificación.

En Comisión de Gobierno del 11 de setiembre de 2003 se condicionó la licencia, el 24 de noviembre se desestimó el recurso interpuesto contra la misma, denegando la apertura propuesta para la realización de una terraza en la cubierta, y el 22 de diciembre se concedió la licencia.

En lo que se refiere a la solicitud actual, el arquitecto asesor ha informado en contra de la concesión de licencia, porque la terraza que se proyecta construir no es acorde con la ordenanza de urbanismo. En su informe ratifica algunos de los razonamientos recogidos en el acuerdo de la Comisión de Gobierno de 24 de noviembre. El secretario asume el informe del arquitecto.

Conocido todo ello, con tres votos favorables y dos en contra, emitidos por Aroia Goienetxea y Aitor Ocerin, se adoptan los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Conceder a Iñigo Azkue Goya licencia para rehabilitación del edificio de la calle Gaintza nº 2, según el proyecto presentado para modificar la licencia concedida el 22 de diciembre.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para la concesión de licencia a Rosa María Cantero para habilitar una vivienda en el actual local izquierda del bajo de la calle Polentzarrene, nº 1.

Rosa María Cantero solicita licencia de obra y de uso, para el bajo de la calle Polentzarrene, para habilitar una vivienda en el actual local. Presenta, así mismo, proyecto redactado por Angel Errasti y visado por el Colegio Oficial de Decoradores-Diseñadores de Interiores de Gipuzkoa, con el número 18/04, el 26 de enero de 2004.

Previa tramitación por parte del Ayuntamiento de Lezo, el Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Gipuzkoa, el 22 de diciembre de 2003, aprobó definitivamente el documento de ?Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento relativa a los ámbitos Casco Antiguo, Casco Urbano y Exterior del Casco Urbano y Polígonos 3 y 5 y al Sector 2?.

Después de esta modificación de normas, es posible la habilitación de viviendas en las plantas bajas de la calle Polentzarrene, ya que dicho uso está aprobado tras la citada aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias.

Por otra parte, tras la aprobación definitiva por el Ayuntamiento de Lezo, el 10 de octubre de 2003 se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa la ordenanza reguladora del proceso de conversión de plantas bajas en vivienda. Según dicha ordenanza, los locales a convertir en vivienda deben cumplir, entre otras, las mismas condiciones de diseño que deben cumplir las Viviendas de Protección Oficial. Estas condiciones de diseño vienen recogidas en la orden publicada el día 31 de diciembre de 2002, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El arquitecto municipal manifiesta, en su informe, que el proyecto presentado cumple los requisitos de diseño y habitabilidad, exigidos por la Ordenanza de Diseño de las Viviendas de Protección Oficial, y las exigidas por el Decreto 68/2000 sobre las condiciones de accesibilidad.

A la vista de ello, a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local adopta los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Conceder a Rosa María Cantero licencia, para habilitar una vivienda en el actual local izquierda del bajo de la calle Polentzarrene, 1.

SEGUNDO: Conceder a Rosa María Cantero licencia provisional para cambio de uso del sector terciario a uso de vivienda en el actual local izquierda del bajo de la calle Polentzarrene, 1.

TERCERO: Previo a la obtención de la licencia, deberá formalizar convenio urbanístico con el Ayuntamiento de Lezo, concretando en el mismo, entre otros, el montante de las cargas urbanísticas que, en este caso, resulta 51,78 m² por 12.5 Euros/m², total 647,25 euros.

CUARTO: El contenido de dicho convenio formará parte de la licencia, por lo que deberán recogerse en la inscripción del Registro de la Propiedad, y otros documentos, las condiciones acordadas en dicho convenio.

QUINTO: Una vez terminadas las obras y obtenida la licencia de primera ocupación, el Ayuntamiento de Lezo concederá el certificado definitivo de cambio de uso que se menciona en la segunda parte.

SEXTO: Por los derechos de expedición deberá abonar la cantidad de 2.159,58 euros.

SÉPTIMO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para la aprobación del proyecto de ejecución presentado por Jesús Garaiar Zuloaga, en representación de Zabaltxo Eraikuntzak, para la construcción de un edificio de viviendas y trasteros en el área U.A.D. 5.4 (Agustina Lizarazu, nº 5).

La Comisión de Gobierno en sesión celebrada el 11 de setiembre de 2003, rechazó el proyecto de ejecución presentado por Jesús Garaiar Zuloaga, en representación de Zabaltxo Eraikuntzak, S.L., para construcción de un edificio de viviendas en Agustina Lizarazu 5.

Vista la documentación aportada por el interesado y el informe del arquitecto asesor que dice literalmente:

?El Proyecto de Ejecución del edificio en cuestión fue objeto de informe desfavorable por parte del técnico municipal de fecha 19 de agosto de 2.003 debido a que los patinillos de instalaciones que se proponían en la meseta de la escalera dificultaban el tránsito normal por ella.

Con posterioridad, el 24 de septiembre de 2.003 es entregada una documentación en la que se corrige dicha situación de los patinillos, proponiéndose una escalera como la prevista en el Proyecto Básico con el que se concedió la licencia de obras y sin que se invada el espacio útil de la escalera.

Analizada dicha documentación se entiende suficiente como para condicionar la autorización de las obras a que la escalera se construya tal y como se recoge en el plano correspondiente al modificado del Proyecto de Ejecución?.

A la vista de ello, a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local adopta los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Aprobar el proyecto de ejecución para la construcción de un edificio de viviendas y trasteros en el área U.A.D. 5.4 (Agustina Lizarazu nº 5), con todas las condiciones que se le impusieron en la concesión de la licencia de obra, (proyecto básico) según decreto de alcaldía nº 296/2003.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta para la concesión de licencia a Ignacio Lopetegi para construcción de 6 viviendas, trasteros y locales comerciales en calle Zubitxo, nº 3.


Ignacio Lopetegi ha presentado proyecto, redactado por los arquitectos Angel Uriarte, Aitor Ezeiza y Amaia Errasti, y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro el 27 de octubre de 2003, para la construcción de 6 viviendas, trasteros y locales comerciales en calle Zubitxo 3. Dicho proyecto se ubica en la Unidad de Ejecución 9 de la Normas Subsidiarias vigentes en Lezo.

Vistos los informes jurídico y técnicos emitidos al efecto, resulta que:

El proyecto presentado es conforme con el uso asignado a esta unidad en las Normas Subsidiarias, ya que se prevén usos residenciales, de trasteros y de locales comerciales. Por otra parte, el número de seis viviendas previstas en el proyecto concuerda con lo establecido por las Normas Subsidiarias.

También se aprobó definitivamente el Estudio de Detalle, previo y preceptivo para la ejecución de la Unidad de Ejecución 9, en sesión plenaria celebrada el 1 de octubre.

El proyecto presentado es conforme con el contenido del Estudio de Detalle, según informe del arquitecto.

Por otra parte, el 22 de julio de 2002 se suscribió un Convenio Urbanístico entre el Ayuntamiento de Lezo y la propiedad de la Unidad de Ejecución 9. Según dicho Convenio, la propiedad debía abonar las siguientes cantidades al ayuntamiento:

  • Compensación por nuevo aprovechamiento: 30.814 Euros
  • Gastos y Honorarios: 4.384 Euros
  • Canon de Urbanización: 18.000 Euros

Por tanto, no se puede conceder licencia hasta la liquidación de estas cantidades.

Según dicho Convenio Urbanístico había otra obligación, concretamente la de adquirir 6 de los garajes subterráneos que el Ayuntamiento iba a construir en Goiko Plaza. Sin embargo, el Ayuntamiento no puede, en este momento, exigir el cumplimiento de esta condición, ya que no ha cumplido su parte correspondiente, es decir, la construcción de los garajes. Pero ello no significa que no lo deba cumplir más adelante y, por tanto, habría que imponer como condición de la licencia la obligación de adquirir seis de los garajes subterráneos que en su día construyera el Ayuntamiento en Goiko Plaza. En todo caso, según la ficha de las Normas Subsidiarias, independientemente de Goiko Plaza, cada una de las viviendas que se van a construir debe contar con un aparcamiento subterráneo, en la propia unidad o en otra localización situada a una distancia inferior a 100 metros. Las Normas contienen en este extremo una contradicción evidente ya que, por una parte, exigen un garaje subterráneo por cada vivienda y, como opción, prevén la propia unidad, pero, por otra parte, se prohibe expresamente el aprovechamiento en planta de sótano. A mi juicio, la parte perjudicada por esta contradicción no puede ser la propiedad.

Por otra parte, el suelo sobrante como consecuencia de la nueva parcelación surgida en aplicación de la disposición tercera del citado Convenio Urbanístico, aproximadamente 84 m² de superficie, normativamente se debe ceder al Ayuntamiento en tanto que forma parte del Sistema General 6. En el convenio se recoge que la urbanización del terreno a ceder será a cargo del Ayuntamiento de Lezo. Dicha cesión a realizar en la escritura de obra nueva del nuevo edificio, se deberá recoger al mismo tiempo en escritura pública. Todos los gastos originados por estos documentos, hasta el registro de los mismos en el Registro de la Propiedad, serán a cargo de la propiedad privada.

Por tanto, teniendo en cuenta el informe del arquitecto y teniendo en cuenta el campo jurídico, informo favorablemente porque están aprobados todos los documentos de planeamiento a presentar antes del proyecto de obra, ya que no hay obligación de presentar documento de gestión, por tanto, a tenor del articulo 13 y siguientes de la ley 6/1998, la propiedad tiene derecho a construir tras hacer frente a las obligaciones económicas arriba citadas.

Por todo ello, a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local adopta los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Conceder a Ignacio Lopetegi licencia para llevar a cabo el proyecto presentado, previo pago de las cantidades antes citadas.

SEGUNDO: Comunicar a Ignacio Lopetegi que, para solicitar la licencia de primera ocupación, deberá inscribir en el Registro de la Propiedad, en favor del Ayuntamiento de Lezo, la cesión del terreno de la unidad U.A.D. 9, ubicado en el Sistema General 6 antes citado, con una superficie aproximada de 84 m².

TERCERO: Antes de iniciar las obras deberá presentar el proyecto de ejecución. El promotor no podrá iniciar la obras antes de que el Ayuntamiento apruebe este documento.

CUARTO: Si el Ayuntamiento construyera en su día garajes subterráneos en Goiko Plaza, la propiedad deberá adquirir seis de ellos.

QUINTO: Deberá cumplir con todas y cada una de las condiciones que se le adjuntan a esta licencia de obras.

SEXTO: Al finalizar la obra, deberá solicitar la licencia municipal de primera ocupación y deberá aportar la siguiente documentación:

· Certificado de fin de obra, visado.

· Fotografías del conjunto de las fachadas

· Documento U-4 y U-5 tramitado en Hacienda Foral de Gipuzkoa (en Donostia).

· Copia de las nuevas escrituras.

SÉPTIMO: Los derechos de expedición de la licencia ascienden a la cantidad de 18.712,72 euros (el impuesto sobre construcciones 18.316,02 euros y la tasa por obra menor 396,70 euros).

OCTAVO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a Javier Aramburu Cruza, en nombre y representación de NaturCorp Redes, S.A.U. para la realización de la cuarta fase de las obras de gasificación en Zubitxo kalea, Lezo Bertsolaria kalea, Lope Isasti kalea, Eugenio Ochoa kalea y Elias Salaberria hiribidea.

Javier Aramburu Cruza, en nombre y representación de NaturCorp Redes, S.A.U., solicita licencia de obras para la realización de la cuarta fase de las obras de gasificación en Zubitxo kalea, Lezo Bertsolaria kalea, Lope Isasti kalea, Eugenio Ochoa kalea y Elias Salaberria hiribidea.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, resulta lo siguiente:

?El proyecto general de gasificación del municipio de Lezo contempla un total de 12.970m de tuberías con un presupuesto de 1.228.557,11 ?.

La primera fase de las obras contempló la ejecución de 1.725 m. de tuberías, todo ello con un presupuesto de 116.115,53 ?.

La segunda fase de las obras contempló la ejecución de 850 m. de tuberías con un presupuesto de 62.781,24 ?.

La tercera fase de las obras contempló la ejecución de 1.080 m. de tuberías con un presupuesto de 72.698,42 ?.

Esta cuarta fase contempla la ejecución de 1000m de canalización de la red de gas distribuidas a través de las calles Zubitxo, Lezo Bertsolaria, Lope Isasti, Eugenio Otxoa y Elías Salaberria, todo ello con un presupuesto de 67.313,36 ?.

Por todo ello, a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local adopta los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Conceder a Javier Aramburu Cruza, en nombre y representación de NaturCorp Redes, S.A.U., licencia de obras para la realización de la cuarta fase de las obras de gasificación en Zubitxo kalea, Lezo Bertsolaria kalea, Lope Isasti kalea, Eugenio Ochoa kalea y Elias Salaberria hiribidea, con arreglo a las siguientes condiciones:

-Deberán depositar un aval con la cantidad de 19.331,85 ?.

-Deberán presentar un Planning de la obra a realizar.

-Deberán presentar un Plan de Seguridad viaria y peatonal.

-Deberán disponer de un servicio propio de fontanería de tal forma que dicho servicio esté en contacto con los servicios municipales (Carlos Irasuegi 699306075) para los posibles arreglos de las instalaciones municipales y a su vez se le pueda informar a cerca de la red municipal de aguas y saneamiento.

-Todas las reposiciones de firmes de calzadas, aceras, bordillos, cunetillas, pintado de señales viarias, alumbrado público, deberán ser acabados acorde a la situación en que se encuentran actualmente.

-El trazado de las redes de gas y de Euskaltel en los tramos de los viales afectados que están previstos realizarse conjuntamente deberán ejecutarse mediante la realización de una única zanja con la puesta conjunta y a la vez de ambos servicios.

-Previamente al comienzo de las obras a realizar en las calles afectadas deberán poner en conocimiento de la Policía Municipal de Lezo y del Departamento Municipal de Servicios con el fin de que se pueda organizar la circulación y poder informar a la población afectada.

-No se podrán comenzar las obras de esta cuarta fase hasta que se hayan concluido las obras de la tercera fase y se hayan dado por finalizados todos los trabajos de remates y reposición de las zonas afectadas en la tercera fase.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberán abonar la cantidad de 3.782,67 euros. (El impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 3.365,67 euros y la tasa por obra mayor a 417 euros).

TERCERO: Estas obras se realizarán al mismo tiempo que las que Euskaltel va a efectuar en dichas calles, con el fin de ocasionar el mínimo de molestias posibles al vecindario.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

8.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a Aurelio Campo Iglesias, en representacón de Euskaltel, S.A. para ejecución de zanjas, arquetas, distribución de cables, etc. en Zubitxo kalea, Eugenio Ochoa kalea y Arretxene kalea.

Aurelio Campo Iglesias en representación de EUSKALTEL S.A., solicita licencia municipal de obras para la realización de la red de la infraestructura necesaria mediante la ejecución de zanjas, arquetas, distribución de cables etc para la distribución de los servicios de telefonía y CATV acceso al Núcleo 1 A ZONA 4 de Lezo, en las siguientes calles: Transversal de Zubitxo kalea, Eugenio Otxoa kalea, Arretxene kalea.

Visto el informe técnico emitido al efecto, y a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local adopta los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Conceder al interesado la licencia solicitada, con arreglo a las siguientes condiciones:

-El plazo de ejecución es de 8 semanas.

-Deberán depositar un aval de 14.182,00?.

-Deberán presentar un Plan de Seguridad viaria y peatonal.

-Deberán disponer de un servicio propio de fontanería de tal forma que dicho servicio esté en contacto con los servicios municipales (Carlos Irasuegi 699306075) para los posibles arreglos de las instalaciones municipales y a su vez se le pueda informar a cerca de la red municipal de aguas y saneamiento.

-Todas las reposiciones de firmes de calzadas, aceras, bordillos, cunetillas, pintado de señales viarias, alumbrado público, deberán ser acabados acorde a la situación en que se encuentran actualmente.

-El trazado de las redes de gas y de Euskaltel en los tramos de los viales afectados que están previstos realizarse conjuntamente deberán ejecutarse mediante la realización de una única zanja con la puesta conjunta y a la vez de ambos servicios.

-Previamente al comienzo de las obras a realizar en las calles afectadas deberán poner en conocimiento a la Policía Municipal de Lezo y al Departamento Municipal de Servicios con el fin de que se pueda organizar la circulación y poder informar a la población afectada.

SEGUNDO: Estas obras se realizarán al mismo tiempo que las que Naturcorp Redes, S.A.U. va a efectuar en dichas calles, con el fin de ocasionar el mínimo de molestias posibles al vecindario.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

9.- Propuesta para la aprobación del presupuesto presentado por José Antonio Legorburu Galayeta y Otros, C.B. Itxas Mendi Berdegune eta Parkeak, para mantenimiento de zonas verdes.

La Comisión de Gobierno en sesión celebrada el 11 de abril de 2001, acordó adjudicar a la empresa José Antonio Legorburu Galayeta y otros, C.B., Itxas-Mendi Berdegune eta Parkeak, el servicio de mantenimiento de las zonas verdes de Lezo hasta el 31 de diciembre de 2004

Visto el informe técnico emitido al efecto, y a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local adopta los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Aprobar el presupuesto que presenta José Antonio Legorburu Galayeta y Otros, C..B. Itxas-Mendi Berdegune eta Parkeak, para mantenimiento de las zonas verdes, durante el ejercicio 2004, que asciende a la cantidad de 55.954,93 euros. (AD-90).

Se le dice al concejal delegado que vaya dando pasos para contratar el servicio del próximo año.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No se han planteado.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 11:05 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 310.--------- al 310.----------, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna