22 de Diciembre de 2003

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En Lezo, siendo las 9:10 horas del día 22 de diciembre de 2003, se celebra en la Sala de Comisiones de Gobierno la SESION ORDINARIA de la Comisión de Gobierno, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los corporativos Iñake Urrestarazu Azurmendi, Jesús Mª Martiarena Jaca y Aroia Goienetxea Egibar.

No asiste Aitor Ocerin Ibáñez, que no ha excusado su ausencia.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 9 de diciembre de 2003.

Se aprueba por unanimidad el acta de la sesión celebrada el día 9 de diciembre de 2003.

ALCALDIA Y DELEGADOS

2.- Dación de cuenta de resoluciones de alcaldía.

El alcalde ha dado cuenta de los decretos dictados desde la última comisión de gobierno, entre otros el decreto 473 por el que se adelanta a Haurtxo Haur Eskola el pago de parte del último pago de la subvención de 2003.

URBANISMO Y SERVICIOS

3.- Concesión de licencia de actividad para desguaces de vehículos a Iñaki Aguirre Sáenz, en representación de Desguaces Lezo, S.L., para tramitación del expediente de AMINP en Sagasti Bailara 7.

Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancias de Iñaki Aguirre Saenz, en representación de Desguaces Lezo, S.L., y vistos los informes técnico y jurídico emitidos al efecto, a propuesta del Delegado de Urbanismo la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Conceder a Iñaki Aguirre Saenz, en representación de Desguaces Lezo, S.L., licencia de actividad para desguaces de vehículos en Sagasti Bailara 7, junto al polígono Sagasti (103), debiendo cumplir las siguientes condiciones:

1.- Cumplir todas las medidas correctoras impuestas por el Departamento de Sanidad y por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, las cuales se adjuntan a la notificación.

2.- Deberá aportar la autorización a conceder por la Mancomunidad de Aguas del Añarbe del vertido de la actividad a realizar al colector del polígono industrial Sagasti-103.

3.- El vallado perimetral se realizará mediante una entramado metálico de altura máxima 2,5m forrado en su conjunto a base de tuyas o similar plantación vegetal.

4.- Previa a la puesta en marcha de la actividad, deberán solicitar la licencia municipal de su apertura, debiendo presentar un certificado técnico visado del cumplimiento de todas las medidas correctoras impuestas por Osakidetza y Medio Ambiente.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Comisión de Gobierno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Concesión de licencia de obras a Miguel Fuentes López, en representación de Miguel Fuentes Cerámicas, S.L., para la ejecución de la ampliación de la entreplanta del pabellón sito en el nº 21 de Urune Kalea.

Se ha acordado por unanimidad dejar sobre la mesa la propuesta del concejal delegado de Urbanismo hasta que entre en vigor la modificación de las Normas Subsidiarias para las entreplantas del polígono 103 tramitadas por este ayuntamiento.

5.- Propuesta sobre aprovechamiento de terreno en la zona de Elortegi.

La Comisión de Gobierno en sesión celebrada el 24 de setiembre de 1997, acordó adjudicar a Julián Mendizabal Toledo, el aprovechamiento o explotación de 12.000 m² de terreno, situados en Jaiizkibel, en la zona superior de Elortegi.

La Comisión de Gobierno de 13 de abril de 2000, acordaba prorrogarle dicha adjudicación hasta el 13 de octubre de 2003.

El interesado, Julián Mendizabal Toledo, con fecha 26 de noviembre de 2003, presenta escrito en el que solicita se le renueve dicha adjudicación.

Visto el informe jurídico emitido al efecto, a propuesta del Delegado de Urbanismo la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Prorrogar, por tres años, es decir desde el 14 de octubre de 2003 hasta el 13 de octubre de 2006, la adjudicación del aprovechamiento o explotación de 12.000 m² de terreno situados en Jaizkibel, en la zona superior de Elortegi.

SEGUNDO: Las condiciones del adjudicatario seguirán siendo las mismas que en el contrato inicial: mantener limpio el terreno objeto de aprovechamiento.

TERCERO: El ayuntamiento podrá recuperar previo aviso la disponibilidad del terreno sin pago de indemnización alguna.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Comisión de Gobierno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Concesión de licencia de obras a Fernando García Alegre, en representación de Interal, S.A., para la ejecución de cubrición y cerramiento de la entreplanta del pabellón nº 34 como para ejecución de la nueva formación de cubiertas en las instalaciones del pabellón nº 34 de Urune kalea.

Fernando Garcia Alegre, en representación de Interal, S.A. presenta el 13 de mayo de 2003 un ejemplar de Proyecto de Ejecución de Nueva Formación de Cubierta en las instalaciones de la fábrica Interal, redactado por el arquitecto Juan Azcue Toledo y visado por el Colegio profesional correspondiente.

La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 3 de agosto de 2001, adoptó el acuerdo de conceder licencia de obras a Interal, S.A. para cubrición y cerramiento de la entreplanta del pabellón nº 34 de Urune kalea, condicionada a la presentación del preceptivo proyecto de ejecución en el que la altura máxima no superase los 7,5 metros de altura.

La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 12 de septiembre de 2002, adoptó el acuerdo de conceder licencia de obras a Fernando Garcia Alegre, en representación de INTERAL, S.A. para la ejecución de nueva formación de cubierta en las instalaciones de la fábrica Interal, sita en Urune kalea 34, parcela 17, del polígono 103 (Sagasti industrialdea) de Lezo, condicionada a la presentación del preceptivo proyecto de ejecución.

El arquitecto asesor, con fecha 25 de agosto de 2003, informa favorablemente la petición.

A propuesta del Delegado de Urbanismo la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Darse por enterada de que se ha cumplido la condición de la licencia de obras tanto para la ejecución de cubrición y cerramiento de la entreplanta del pabellón nº 34 como para la ejecución de la nueva formación de cubiertas en las instalaciones de la fábrica Interal, S.A., sita en el nº 34 de Urune Kalea.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Comisión de Gobierno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Concesión de licencia de obras de rehabilitación del edificio nº 4 de Frantzisko Gaintza kalea (Elizkibel).

Fermín Urtizberea Ugartemendia, ha presentado en este Ayuntamiento el Proyecto Básico correspondiente a la reconstrucción del edificio denominado ?Elizkibel?, F.Gaintza kalea 4 ? UAD. 5.3.

El arquitecto asesor informa que el proyecto es adecuado a las normas urbanísticas vigentes no así a las condiciones técnicas exigibles hoy en día, a su juicio el proyecto no garantiza la accesibilidad para personas con movilidad reducida. Por ello pide que el proyecto se modifique basándose en la ley 20/1997 de 4 de diciembre, para la promoción de la accesibilidad y en el decreto 68/2000, de 11 de abril.

Los miembros de la Comisión de Gobierno en beneficio de la viabilidad de la edificación y al objeto de no dificultar los tan necesarios trabajos de rehabilitación, se han mostrado partidarios de aprobar el proyecto presentado.

Por todo ello, se acuerda:

PRIMERO: Conceder a Fermín Urtizberea Ugartemendia, licencia de obras para reconstrucción del edificio denominado ?Elizkibel?, F.Gaintza kalea 4 ? UAD. 5.3 con arreglo a las siguientes condiciones:

1.- Deberá presentar previo al comienzo de las obras el proyecto de ejecución correspondiente.

2.- De conformidad con el convenio urbanístico suscrito el 22 de julio de 2002, la propiedad deberá hacer efectiva las siguientes cantidades, antes de la obtención de la licencia de obras.

Por compensación por nuevos aprovechamientos: 2.580 euros.

Por gastos y honorarios 523 euros.

Por canon de urbanización 1.600 euros.

3.- Asimismo, el promotor deberá monetarizar el equivalente del 10% del exceso de aprovechamiento que teniendo en cuenta que el máximo aprovechamiento máximo previsto es de 228,15 m² y el considerado en el proyecto es de 237,82 m², el valor del 10% de la diferencia (9,67 m²), será 0,967 m por la repercusión del suelo urbanizado (464,51 euros por metro cuadrado, es decir, 449,18 euros).

4.- El promotor deberá adquirir la cesión de uso de dos plazas de garaje en Goiko Plaza, en el momento en que el Ayuntamiento de Lezo construya garajes en Goiko Plaza.

5.- A la notificación de este acuerdo se adjuntarán las condiciones generales para las obras aprobadas en la Comisión de Urbanismo de 12 de septiembre de 2003.

SEGUNDO: Asimismo, se le concede autorización para el vallado y ocupación de la vía pública, con una ocupación de 7 m² y una duración de 150 días, así como a la colocación de una señal que indique prohibido el paso de camiones frente a la obra. (Deberá ponerse en contacto con la policía municipal). Deberá comunicar la fecha que inicia la ocupación a efectos de contabilizar el tiempo de ocupación.

TERCERO: El impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 6.840 euros y por la tasa de ocupación de vía pública: 504 euros.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Comisión de Gobierno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

8.- Concesión de licencia de obras de rehabilitación del edificio nº 2 de Frantzisko Gaintza kalea (Gaxparrenea).

El 15 de julio de 2003, Iñigo Azkue Goya, presentó proyecto básico de rehabilitación del edificio Gaxparrenea (Gaintza Kalea 2 ? UAD 5.2), solicitando licencia de obras.

El Proyecto Básico del edificio indicado fue ya objeto de informe técnico y, en éste y por la Comisión de Gobierno de 11 de setiembre de 2003, se denegaba la concesión de licencia por no cumplir una serie de parámetros establecidos en la Norma como la relativa a la tipología de la cubierta, longitud de vuelos, altura libre, etc.

La denegación de licencia fue recurrida resolviéndose ésta por la comisión de gobierno de 24 de noviembre de manera que se permitía el uso de vivienda en bajo cubierta (tal y como la Norma expresa) y a la vez se seguía sin admitir la apertura propuesta en la cubierta para realizar una terraza .

Con estos antecedentes se presenta el Proyecto de Ejecución para la reconstrucción del edificio ?Gaxparrenea?.

El arquitecto asesor informa que el proyecto es adecuado a las normas urbanísticas vigentes no así a las condiciones técnicas exigibles hoy en día, a su juicio el proyecto no garantiza la accesibilidad para personas con movilidad reducida. Por ello pide que el proyecto se modifique basándose en la ley 20/1997 de 4 de diciembre, para la promoción de la accesibilidad y en el decreto 68/2000, de 11 de abril.

También menciona en su informe que la meseta, en toda su longitud, ha de tener un ancho de 1,00 mt., por lo que se deben de eliminar los chaflanes previstos en las esquinas.

El informe jurídico es contrario a conceder la licencia solicitada al proponerse en el proyecto una superficie mayor a la permitida en las normas. En relación a este tema el arquitecto propone la monetarizar tal aprovechamiento.

Los miembros de la Comisión de Gobierno en beneficio de la viabilidad de la edificación y al objeto de no dificultar los tan necesarios trabajos de rehabilitación, se han mostrado partidarios de aprobar el proyecto presentado.

Por todo ello a propuesta del Delegado de Urbanismo la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Conceder licencia de obras para rehabilitación del edificio Gaxparrenea (Gaintza Kalea 2 ? UAD 5.2), con la siguientes condiciones:

1.- Que se proceda a la eliminación de los chaflanes existentes en las mesetas de la escalera.

2.- De conformidad con el convenio urbanístico suscrito el 22 de julio de 2002, la propiedad deberá hacer efectiva las siguientes cantidades, antes de la obtención de la licencia de obras.

Por compensación por nuevos aprovechamientos: 5.145 euros.

Por gastos y honorarios: 774 euros.

Por canon de urbanización 3.190 euros.

3.- Asimismo, el promotor deberá monetarizar el equivalente del 10% del exceso de aprovechamiento, que teniendo en cuenta que el máximo aprovechamiento máximo previsto es de 320 ,37 m² y el considerado en el proyecto es de 347,51 m², el valor del 10% de la diferencia (27,14 m²), será 2,714 m por la repercusión del suelo urbanizado (464,51 euros por metro cuadrado, es decir, 1.260,68 euros).

4.- El promotor deberá adquirir la cesión de uso de tres plazas de garaje en Goiko Plaza, en el momento en que el Ayuntamiento de Lezo construya garajes en Goiko Plaza.

5.- A la notificación de este acuerdo se adjuntarán las condiciones generales para las obras aprobadas en la Comisión de Urbanismo de 12 de septiembre de 2003.

6.- El impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 259,36 euros.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Comisión de Gobierno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

9.- Concesión de licencia de obras para reforma de la casa del nº 36 de Kale Nagusia.

José Joaquin Sarasua y Angel Portugal han presentado en este Ayuntamiento el Proyecto correspondiente a la rehabilitación del número 36 de la calle Mayor.

El arquitecto asesor informa que el proyecto es adecuado a las normas urbanísticas vigentes no así a las condiciones técnicas exigibles hoy en día, a su juicio el proyecto no garantiza la accesibilidad para personas con movilidad reducida. Por ello pide que el proyecto se modifique basándose en la ley 20/1997 de 4 de diciembre, para la promoción de la accesibilidad y en el decreto 68/2000, de 11 de abril.

Los miembros de la Comisión de Gobierno en beneficio de la viabilidad de la edificación y al objeto de no dificultar los tan necesarios trabajos de rehabilitación, se han mostrado partidarios de aprobar el proyecto presentado.

Por todo ello a propuesta del Delegado de Urbanismo la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a José Joaquin Sarasua y Angel Portugal para rehabilitación del número 36 de la calle Mayor, con arreglo a las siguientes condiciones:

1.- Que cumpla con todas y cada una de las condiciones generales para las obras aprobadas en la Comisión de Urbanismo de 12 de septiembre de 2003 que se le adjuntan a esta licencia de obras.

2.- Por el impuesto sobre construcciones deberá abonar la cantidad de 404,55 euros y por la tasa de obra: 39,70 euros.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Comisión de Gobierno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

10.- Concesión de licencia de obras para construcción de establo para ganado vacuno en terrenos del caserío Ipintza.

Edurne Otaegi Garmendia, presentó el 8 de abril de 2003, proyecto de ejecución y actividad, solicitando licencia de obras para construir un establo para ganado vacuno en terrenos del caserío Ipintza.

Con fecha 23 de junio de 2003 se remite al Departamento de Agricultura de la Diputación, solicitando informe al respecto.

El 12 de agosto de 2003 se recibe informe favorable, indicando que previamente a la concesión de licencia de obras se debe tramitar el AMINP, conforme a la Ley 3/1998 de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.

Una vez tramitado el expediente de actividades correspondiente, a propuesta del Delegado de Urbanismo la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Conceder a Edurne Otaegi Garmendia, licencia de obras para construir un establo para ganado vacuno en terrenos del caserío Ipintza, debiendo cumplir todas las medidas correctoras impuestas por el Departamento de Sanidad y por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, y de la Diputación Foral, las cuales se adjuntan a la notificación.

SEGUNDO: Previo a la puesta en marcha de la actividad, deberán solicitar la licencia municipal de su apertura, debiendo presentar un certificado técnico visado del cumplimiento de todas las medidas correctoras impuestas.

TERCERO: Al finalizar la obra, deberá solicitar la licencia municipal de primera ocupación y deberá aportar la siguiente documentación:

· Certificado de fin de obra, visado.

· Fotografías del conjunto de las fachadas

· Documento U-4 y U-5 tramitado en Hacienda Foral de Gipuzkoa (en Donostia).

· Copia de las nuevas escrituras.

CUARTO: Por el impuesto sobre construcciones deberá abonar la cantidad de 3.307,53 euros y por la tasa por tramitación del AMINP la cantidad de 990,40 euros.

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Comisión de Gobierno.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

11.- Propuesta de adjudicación del contrato para la prestación del servicio de transporte escolar.

Vista la propuesta de adjudicación realizada por la Mesa de Contratación, los restantes documentos que constan en el expediente y las demás circunstancias relacionadas con el asunto, la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Adjudicar el contrato del servicio escolar de Lezo a Autocares Belintxon, S.L., por un precio mensual de 6.927,22 ?, en un plazo de ejecución de tres años (2004-2007) y con sujeción al resto de condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como a las especificaciones contenidas en la proposición del contratista.

Todo ello, de acuerdo con la propuesta realizada por la Mesa de Contratación y que figura en el expediente.

SEGUNDO: Se retendrá la garantía provisional depositada por el licitador hasta la formalización del contrato.

PERSONAL

12.- Propuesta aprobación del calendario laboral para el año 2004.

Con el fin de fijar el calendario laboral de 2004, esta alcaldía elaboró las propuestas de calendario de los distintos departamentos del Ayuntamiento. Las propuestas fueron trasladadas al delegado sindical y el día 17 de diciembre se celebro una reunión para tratar las mismas. En dicha reunión se estudiaron y se consensuaron los calendarios presentados.

En su vista, a propuesta de Alcaldía la Comisión de Gobierno acuerda:

PRIMERO: Aprobar el calendario laboral general de los trabajadores/as del Ayuntamiento de lezo para el año 2004:

· Computo de horas anuales: 1440.

· Días de vacaciones: 26

· Considerar festivos en el Ayuntamiento los días: 7, 24 y 31 de diciembre.

· Puentes: de las cuatro posibilidades de puente, 2 y 5 de enero, 13 de septiembre y 11 de octubre, cada trabajador/a podrá disfrutar de dos puentes. Durante los cuatro puentes todas las dependencias del Ayuntamiento estarán abiertas y la atención al público deberá de estar garantizada (responsabilidad de los Jefes/as de Servicio).

SEGUNDO: Aprobar el calendario laboral de los siguientes departamentos del Ayuntamiento de Lezo correspondiente al ejercicio 2004:

· Oficinas.

· Servicio de Ayuda a Domicilio.

· Dinamizador de Euskara Kultura.

· Técnico de Deportes.

· Brigada municipal.

· Jefe de la Guardia Municipal.

· Biblioteca.

CULTURA

13.- Propuesta de adjudicación del contrato para la prestación del servicio de gestión de la ludoteca municipal.

No se adoptará acuerdo hasta examinar el informe técnico y conocer la propuesta de la mesa de contratación. Como se quiere que el servicio comience a prestarse el día 7 de enero y mientras tanto no está previsto realizar ninguna comisión de gobierno, se ha acordado que sea adjudicado el servicio mediante decreto de alcaldía.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No se han planteado.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:50 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 310.011 al 310.022, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna