4 de Octubre de 2006

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En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 8:30 horas del día 4 de octubre de 2006, miércoles, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los siguientes corporativos: Iñake Urrestarazu Azurmendi (grupo EA), Jesús Maria Martiarena Jaka (grupo EAJ/PNV), Aroia Goienetxea Egibar (grupo EAJ/PNV), Aitor Mimendia Artuzamonoa (grupo EAJ/PNV), Enrique Figueroa Laboa (grupo EAJ/PNV), Noemí Arberas Osés (grupo EAJ/PNV), Isabel López Aulestia (grupo IU-EB) y María Luz Anglada González (grupo PP).

 

No han asistido a la sesión Mikel Antxon Arrizabalaga Brusín (grupo PSE) y Ainhoa Villanúa Ayuela (grupo PSE).

Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola que da fe del acto.

Patxi Apalategi actúa como traductor.

 

1.- Aprobación, si procede, de las actas de las sesiones plenarias celebradas los días 7 de junio, 14 de julio y 18 de septiembre de 2006.

Las dos primeras actas se aprueban sin correcciones y por unanimidad. En la tercera, de 18 de septiembre, en la versión en castellano, se debe cambiar el párrafo 5 de la página 622541 y en su lugar incorporar este otro: "La Comisión de Urbanismo celebrada el 2 de agosto de 2006 con el voto favorable de Jesús Mari Martiarena (EAJ), Kepa Garbizu (EAJ), Iñake Urrestarazu (EA), María Luz Anglada (PP) y Mikel Antxon Arrizabalaga (PSEE-EE)". Con dicha corrección se aprueba el acta.

2.- Informes de Alcaldía, de los representantes de la Corporación en Órganos Colegiados y Delegados.

El alcalde distribuye las copias de los ordenes del día de las reuniones celebradas. A solicitud de los interesados se dará más información sobre los temas.

3.- Dictamen para la modificación de la Ordenanza reguladora de la inmovilización de vehículos en la vía pública.

El alcalde da lectura al dictamen de la Comisión de Interior y propone su aprobación al pleno. El dictamen dice así:

El Pleno del Ayuntamiento aprobó el 6 de octubre de 2004 la Ordenanza reguladora de la inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública, que quedó definitivamente aprobada mediante su publicación en el BOG nº 242 de 20 de diciembre de 2004.

El artículo 6 de la Ordenanza enumera las circunstancias en las que se puede proceder a la retirada de los vehículos de la vía pública.

La Policía Municipal podrá ordenar la retirada de un vehículo de la vía pública y su traslado al depósito municipal de vehículos, cuando se encuentre estacionado en algunas de las siguientes circunstancias:

" 1) En lugares que constituya un peligro.

2) Si perturba gravemente la circulación de peatones o vehículos.

3) Si obstaculiza o dificulta el funcionamiento de algún servicio público.

4) Si ocasiona pérdidas o deterioro en el patrimonio público.

5) Si se encuentra en situación de abandono.

6) En los carriles o partes de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios (carril-bus, carril-taxi, paradas, disminuidos físicos, etc.).

7) En caso de accidentes que impidan continuar la marcha.

8) En un estado de deterioro tal que haya obligado a su inmovilización.

9) Cuando procediendo legalmente a la inmovilización del vehículo no hubiere lugar adecuado para practicar la misma sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas.

10) En espacios reservados a servicios de seguridad o urgencias.

11) En vías catalogadas como de atención preferente (VAP).

12) En cualquier otro supuesto previsto en la Ley o en esta Ordenanza."

Pero no recoge taxativamente el supuesto previsto en el artículo 292.III.b) del Código de Circulación (Decreto de 25 de septiembre de 1934):

"13. Cuando hayan transcurrido veinticuatro horas desde que se formuló la denuncia por estacionamiento continuado en un mismo lugar sin que el vehículo haya sido cambiado de sitio, si así se encuentra regulado por disposiciones municipales".

Por ello, al objeto de posibilitar la retirada de vehículos en estas circunstancias previstas por el Código de Circulación, con el voto a favor de Kepa Garbizu, Jesús Mari Martiarena, Iñake Urrestarazu y Mari Luz Anglada, la Comisión de Interior dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la Modificación de la Ordenanza reguladora de la inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública, una vez añadido en el artículo 6 de la misma, el supuesto nº 13 que dice textualmente:

"13. Cuando hayan transcurrido veinticuatro horas desde que se formuló la denuncia por estacionamiento continuado en un mismo lugar sin que el vehículo haya sido cambiado de sitio."

SEGUNDO: Abrir un período de un mes para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios, para que se puedan presentar alegaciones.

TERCERO: Si durante el periodo de información pública no se presentara ninguna alegación los documentos quedarán aprobados definitivamente.

Se aprueba el dictamen con el voto favorable de los nueve concejales presentes en la sesión.

4.- Dictamen para la aprobación de las Ordenanzas fiscales para el año 2007.

El alcalde propone al pleno la aprobación del dictamen de la comisión de Hacienda. El dictamen dice así:

La delegada de hacienda expone los criterios utilizados para la confección de las ordenanzas fiscales para el ejercicio 2007, en base a los estudios económicos e informes de intervención y tras su deliberación, la Comisión de Cuentas y Hacienda acuerda, con los votos ponderados a favor de Aroia Goienetxea (EAJ.-PNV.), Iñake Urrestarazu (E.A.) y Mª Luz Anglada (P.P.), dictamina favorablemente para su aprobación en Pleno la siguiente propuesta:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:

  • Calendario Fiscal 2007
  • 6-2 Entrada de vehículos y vados
  • 6-4 Utilización locales municipales
  • 7-1 Agua
  • 7-3 Basura
  • 7-7 Licencia actividad
  • 7-8 Apertura establecimientos
  • 7-9 Licencias urbanísticas
  • 7-10 Documentos expedidos por solicitud
  • 7-12 Polideportivo Bekoerrota y piscinas Altzate

SEGUNDO La supresión de la siguiente ordenanza:

  • 7-4 Servicio de Ayuda Domicilio

TERCERO: Abrir un período de un mes para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios, para que se puedan presentar alegaciones.

De entre el público, Aitor Sarasola, en nombre de Lezoren Alde, dice lo siguiente: que, también hoy, viene a formular la misma denuncia de todos los años, ya que no se presenta un plan económico que es necesario para adoptar una resolución y que, así, no se aclara cual será el devenir de la tasa y del impuesto, es decir, a ver si los incrementos del 10% y del 15%, de agua y de basuras respectivamente, que hoy se proponen se deberán mantener o no en los próximos años. En el caso del agua, la renuncia a la utilización del agua del Jaizkibel supondrá tener que abonar al Añarbe el 50% del agua que se precisa y cree que los incrementos se deberán mantener. Igualmente en el caso de las basuras, ya que el contrato que tiene in mente el gobierno municipal acarreará un considerable incremento de gastos y, consecuentemente, también se deberá subir los impuestos.

Con el voto favorable de los once concejales presentes en la sesión, se ha aprobado el dictamen.

5.- Dictamen para mantener en vigor las ordenanzas municipales de las actividades para modificar los locales urbanos en viviendas.

El alcalde da lectura al dictamen y propone su aprobación. El dictamen dice así:

"El Ayuntamiento de Lezo aprobó el 13 de abril de 2003 la ordenanza municipal de actividades para transformar locales urbanos en vivienda.

El texto de esta ordenanza se publicó el 10 de octubre de 2003 en el Boletín Oficial de Guipúzcoa.

Según la disposición final de la ordenanza "La vigencia de la ordenanza se establece por un tiempo de tres (3) años. En ese momento el Ayuntamiento procederá a la revisión de las circunstancias concurrentes relacionadas con la problemática de la vivienda en el municipio y, tras valorar la experiencia de los cambios de usos de locales, decidirá sobre la vigencia o no de la presente Ordenanza."

En vista de que dicho plazo de tres años finaliza el 10 de octubre próximo, el Ayuntamiento de Lezo debe resolver si esta ordenanza debe seguir en vigor o no.

Una vez estudiado el número de locales cuyo uso se ha modificado desde la aprobación de la ordenanza así como los incidentes surgidos.

Con el voto a favor de Jesús Mari Martiarena (EAJ), Iñake Urrestarazu (EA) y Maria Luz Anglada (PP) la Comisión de Hacienda dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar que la ordenanza municipal de actividades para transformar locales urbanos en vivienda continúe vigente con el contenido actual."

El alcalde ha precisado el dictamen puntualizando que el mantenimiento en vigor es para otros tres años.

De entre el público, Aitor Sarasola manifiesta que ésta es una resolución de la legislatura anterior, aprobada sin el apoyo de los partidos que hoy han apoyado el dictamen. Ahora que se debe decidir sobre su prórroga, dice que no hay una valoración que es necesaria, que analizaría, además del aspecto cuantitativo, si se han cumplido o no los objetivos de la ordenanza, concretamente la oferta de viviendas baratas sacando al mercado los locales vacíos. Si bien es verdad que hay gran demanda, la valoración sobre el precio no es tan positiva y el ayuntamiento ha pasado de lo referente al control de la especulación. El hecho de proponer sin más la prórroga, sin ninguna reflexión ni medidas, es consecuencia de que los partidos pasan de este problema.

Los nueve concejales presentes en la sesión aprueban el dictamen por unanimidad.

6.- Propuesta para realizar cambios en los estatutos de Jaizkibia, S.A. y nombramiento de representante.

El alcalde expone las razones de la presentación del tema por urgencia: se pretende efectuar unas modificaciones en los estatutos aprobados hace un año y firmar la escritura de constitución de la sociedad el viernes próximo.

De entre los concejales presentes en la sesión, siete aprueban la urgencia, y dos se han abstenido (los concejales de IU-EB y PP).

De las dos propuestas posibles remitidas con la convocatoria, presenta en la sesión de hoy únicamente la que recoge la propuesta de designar el representante municipal, y propone al propio alcalde como representante. Por tanto, la resolución que propone es ésta:

El Pleno del Ayuntamiento de Lezo, en sesión ordinaria celebrada el 5 de octubre de 2005, adoptó, entre otros, el acuerdo de constituir junto con la Administración General del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Diputación Foral de Gipuzkoa y los Ayuntamientos de Donostia-San Sebastián, Errenteria, Irun, Pasaia, Hondarribia y Oiartzun la sociedad anónima denominada "JAIZKIBIA, S.A.", en el que figuraba el siguiente objeto social:

a) La realización de estudios, planes y proyectos en relación con la planificación y ejecución de actuaciones urbanísticas, sobre infraestructuras y, en general, de cualesquiera otras actuaciones destinadas a la renovación integral urbana y a la mejora de la calidad ambiental y socioeconómica en el área geográfica de Pasaialdea, el Corredor Intermodal del Jaizkibel y el Bajo Bidasoa.

b) La creación de instrumentos de gestión para el desarrollo de las actuaciones referidas en el párrafo anterior en el ámbito territorial definido.

c) La participación directa y la ejecución de las acciones derivadas del Esquema Director del Modelo Territorial y del Plan Integral de Actuaciones.

Además, en el apartado cuarto del mencionado acuerdo plenario se aprobó el proyecto de Estatutos de la citada sociedad, en cuyo artículo segundo figuraba el señalado objeto social.

No obstante, en la actualidad, las administraciones públicas que van a constituir la sociedad estiman necesario modificar el artículo segundo del proyecto de estatutos sociales, en el sentido de añadir el siguiente apartado d) al objeto social:

"d) Cuando se trate de obras cuya planificación, estudio, proyecto y ejecución que sean competencia de la Administración General del Estado, de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de la Diputación Foral de Gipuzkoa o de los ayuntamientos de la zona señalada en el párrafo a) del presente artículo, prestar la colaboración que pueda serle requerida por éstas Administraciones Públicas para la realización de tales actuaciones."

Por otra parte, en el apartado tercero del mencionado acuerdo plenario se aprobó desembolsar, en el momento de constiuirse la sociedad, el 25 % del nominal correspondiente a las participaciones sociales a suscribir por este Ayuntamiento.

En la actualidad, habida cuenta del tiempo transcurrido, las Administraciones públicas promotoras de la proyectada sociedad consideran necesario que en el momento del otorgamiento de la escritura de constitución se desembolse el 100 % del capital social, por lo que resulta preciso modificar el citado apartado tercero del acuerdo.

En otro orden de cosas, resulta preciso señalar que los futuros socios han acordado que el Consejo de Administración se componga inicialmente por doce consejeros, de los que tres serán desginados por la Administración General del Estado, tres por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y otros tres por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Los restantes tres consejeros que faltan hasta alcanzar la expresada cifra de doce, deben ser designados por tres de los siete ayuntamientos que van a participar en la sociedad, esto es, Donostia-San Sebastián, Errenteria, Irun, Lezo, Pasaia, Hondarribia y Oiartzun, habiéndose convenido entre ellos que uno de los tres consejeros sea designado por este Ayuntamiento de Lezo.

Por todo ello, visto cuanto antecede, a propuesta de alcaldía, el Pleno ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Modificar, de conformidad con lo señalado en la parte expositiva del presente acuerdo, el artículo segundo del Proyecto de Estatutos de la Sociedad Anónima denominada "Jaizkibia, S.A.", aprobado por el pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 5 de octubre de 2005, que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 2º.- Objeto social.

 

La sociedad tiene por objeto:

a) La realización de estudios, planes y proyectos en relación con la planificación y ejecución de actuaciones urbanísticas, sobre infraestructuras y, en general, de cualesquiera otras actuaciones destinadas a la renovación integral urbana y a la mejora de la calidad ambiental y socioeconómica en el área geográfica de Pasaialdea, el Corredor Intermodal del Jaizkibel y el Bajo Bidasoa.

b) La creación de instrumentos de gestión para el desarrollo de las actuaciones referidas en el párrafo anterior en el ámbito territorial definido.

c) La participación directa y la ejecución de las acciones derivadas del Esquema Director del Modelo Territorial y del Plan Integral de Actuaciones.

d) Cuando se trate de obras cuya planificación, estudio, proyecto y ejecución que sean competencia de la Administración General del Estado, de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de la Diputación Foral de Gipuzkoa o de los ayuntamientos de la zona señalada en el párrafo a) del presente artículo, prestar la colaboración que pueda serle requerida por éstas Administraciones Públicas para la realización de tales actuaciones.

Las actividades expresadas podrán ser desarrolladas por la sociedad total o parcialmente de modo directo o indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto idéntico o análogo."

SEGUNDO.- Modificar asimismo el apartado tercero del acuerdo adoptado por el pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 5 de octubre de 2005, que quedará redactado en los siguientes términos:

"TERCERO.- Desembolsar el 100% del nominal correspondiente a las participaciones sociales en el momento de constituirse la sociedad con cargo a la partida presupuestaria 174."

TERCERO.- Designar para formar parte en representación del Ayuntamieto de Lezo en el Consejo de Administración de la proyectada sociedad al alcalde.

El secretario da cuenta de la advertencia del interventor municipal, donde se dice que el acuerdo es ilegal porque no hay consignación en los presupuestos. El alcalde manifiesta que los presupuestos que recogen la consignación están expuestos al público tras recibir la aprobación inicial.

Maria Luz Anglada manifiesta que se va a abstener porque siempre ha estado en contra de la constitución de esta sociedad.

De entre el público, interviene Aitor Sarasola en nombre del grupo Lezoren Alde. Critica que se tome parte en tales sociedades sin tener clara la opinión del ayuntamiento ante los megaproyectos que va a promover dicha sociedad (puerto exterior, intermodales...). Dice que de Lezo quieren los terrenos y suelos, nada más, y que el equipo de gobierno con esta propuesta, en lugar de defender Lezo, está facilitando el juego de esos otros poderosos.

Se ha aprobado la propuesta del alcalde por siete votos a favor (Alcalde y concejales de EAJ y EA) y dos abstenciones (concejales de IU-EB y PP).

7.- Moción de IU-EB en relación al piso de acogida de menores en el barrio de Altamira.

Isabel López Aulestia explica como el pasado 29 de septiembre ha registrado la petición de que se trate en pleno la moción presentada por la Asociación de Vecinos Altzate de Altamira el pasado 24 de julio (registro de entrada nº 1905). Aclara que su compromiso es el de presentar la moción a este pleno y hacer posible su debate.

En cuanto al fondo de la moción Isabel López Aulestia explica su posición desde tres vertientes. En primer lugar, entiende que la existencia de centros de acogida para menores es una obligación de solidaridad para cubrir la necesidad, que por motivos internos o externos, como el caso de inmigración, existe en nuestra sociedad. Al ser el centro para menores de 4 a 12 años, cree que no se crearán problemas de seguridad para la zona donde se ubique. En segundo lugar, en cuanto a si el uso es conforme a la normativa urbanística, dice que hay dos informes técnicos favorables y que si sigue habiendo dudas habría que cambiar el emplazamiento propuesto o modificar la normativa. La tercera perspectiva de análisis del tema y la más importante a su juicio es el abandono que viene padeciendo el barrio de Altamira en cuanto a accesos, servicios, etc.. Cuestión no abordada ni por esta ni por anteriores corporaciones. Ante las promesas de proyectos que vayan a arreglar este problema, ella no está de acuerdo con la solución propuesta ya que el objetivo es otro y no el de atender los problemas del barrio de Altamira. En cualquier caso haciéndose responsable de la política de IU-EB para que existan casas de acogida para menores, dice que ella votará a favor del equipamiento y en contra de la moción.

Mari Luz Anglada dice que ella esta a favor de la instalación, ya que cumple con los requisitos legales y hoy esta funcionando en el centro de San Sebastián sin ningún tipo de problema con la comunidad. No cree que el ayuntamiento tenga ningún tipo de responsabilidad porque nadie haya puesto un comercio en ese local, le gustaría saber porque nadie ha tenido esa iniciativa.

El alcalde dice que la licencia es legal y que no concederla sí que sería ilegal; considera que el pleno es órgano incompetente para resolver la solicitud de licencia de actividad y que no apoyará la moción porque no quiere fomentar la precariedad de nadie.

Aitor Sarasola en nombre de Lezoren Alde dice que es vergonzoso que una asociación de vecinos tenga que pasar por el aro de un partido político para que pueda ser debatida en el pleno municipal la moción que ha presentado. Dice que eso no es participación sino chantaje. En ese sentido recuerda que otra moción suscrita por más de mil firmas todavía no ha sido tratada en pleno.

En relación a la intervención de Isabel Aulestia sobre el abandono de esta y anterior corporaciones al barrio de Altamira, dice Aitor Sarasola que como alcalde en la anterior legislatura el ha participado en varias reuniones con los sucesivos consejeros de departamento de vivienda del Gobierno Vasco, de IU, de EA y de PSE, solicitando para que de una vez por todas se presente un plan para el barrio, sin que él haya percibido ninguna voluntad concretada en hechos para solucionar el tema del barrio. Recuerda que la última actuación ha sido arreglar el muro, porque se estaba cayendo.

Entiende que el tema principal de la moción es aclarar si el ayuntamiento quiere locales comerciales o no. Entiende que cuando los informes hacen una interpretación estricta y restrictiva del texto normativo y que siempre cabrán otras interpretaciones u opiniones en función del objetivo que se pretenda. En ese sentido recuerda que la última modificación de la normativa urbanística también pretendía la construcción de locales comerciales. Por ello cree que esta corporación ha de aclarar cuál es su voluntad, porque al conceder esta licencia condenaría el uso comercial de esos locales. Cree también que los partidos EAJ y EA no quieren el uso comercial para esos locales, porque en el documento de revisión de Normas Subsidiarias aprobado inicialmente dan a los locales uso residencial, por lo que dice que alguien ya se ha preocupado que lo que era comercial pase a ser residencial.

Aitor Sarasola detalla que los locales fueron comprados en su inicio a 8.000 € y después se vendieron en 160.000 € para al final el ayuntamiento en las normas urbanísticas propuestas pretenda darle el uso de vivienda, por ello, pregunta a la corporación que están amparando.

En cuanto a la necesidad de un centro de acogida, critica Aitor Sarasola el que no exista ningún informe de los Servicios Sociales sobre este equipamiento entendiendo por ello que nadie se ha preocupado sobre su conveniencia.

Se realizan varias intervenciones desde el público. La primera dice que mientras la modificación de normas subsidiarias realizada en su día pretendía expresamente crear locales comerciales ahora se pretende autorizar a esta asociación este uso no comercial y luego en la nueva revisión de normas urbanísticas permitir su uso residencial.

Una segunda intervención desde el público critica que la posible autorización se base en que los informes técnicos apoyándose en un etcétera del texto de normas urbanísticas dicen que la actividad no esta expresamente prohibida cuando podrían haber dicho que no esta expresamente permitida como lo están los usos recreativos, culturales, ... . Sobre el porque no se ha puesto un comercio antes ahí dice que el local ha estado en manos privadas con ánimo especulador, trasmitiendo a unos precios inicialmente más baratos incluso que los garajes y en una segunda transmisión notablemente más cara y abortando cualquier iniciativa comercial que realmente se les ha planteado. Respecto a las edades de los menores que utilizarán el local dice que no es real que vayan a ser menores de 4 a 12 años porque el proyecto habla de 4 a 18 años con posibilidad de alargar año y medio la estancia en casos de desempleo. Critica el estado de abandono del barrio de Altamira sin ninguna inversión urbanística relevante desde su construcción. Critica que el ayuntamiento se escude en la aparente legalidad y tramite la solicitud favoreciendo a la entidad privada no se sabe bien porque oculto interés, con defectos de procedimiento en las notificaciones, con interpretaciones interesadas y siempre de espaldas a los vecinos afectados.

El alcalde le dice que la corporación no tiene ningún interés particular en este tema, que expresará su voluntad por escrito y que se realizarán las oportunas notificaciones.

Isabel López Aulestia responde a Aitor Sarasola diciendo que ella no ha chantajeado ni ha hecho pasar por el aro a nadie, que lo único que ha hecho ha sido ofrecerse a la Asociación de vecinos para que su moción fuera tratada en pleno. Dice que esta dispuesta a trasladar al Gobierno Vasco la petición de actuaciones urbanísticas en el barrio de Altamira. Aclara que ella no tiene ningún interés particular en el tema más allá de las necesidades de estos niños. E informa que según manifestaciones del Director de Juventud de la Diputación Foral el local sólo se va a usar para niños y niñas de 4 a 12 años.

De entre el público interviene Mikel Mitxelena, presidente de la Asociación de vecinos de Altamira "Altzate". Da las gracias a Isabel López porque ha hecho posible que la moción se debatiera en el pleno. Da las gracias a Isabel López y a Aitor Sarasola por que han sido los únicos representantes de formaciones políticas que les han recibido y sentado con la AAVV. Da las gracias a alcalde, PNV, EA, PP y PSE por que no haberles recibido, por tener que haber realizado manifestaciones en el pueblo, por hacer el pleno por la mañana y así evitar la participación de los vecinos y por preguntar al barrio de Altamira su opinión sobre este tema y otros. Incide sobre lo apuntado por anteriores intervenciones contrarias a la ubicación del centro en los locales propuestos: no cumplir con el uso que las normas urbanísticas vigentes pretenden para esos locales, apoyar la especulación que los propietarios del local buscaban, el realizar un procedimiento defectuoso al evitar notificaciones a vecinos colindantes, etc.. Critica al ayuntamiento el que no reconozca la labor de la AAVV como interlocutor en este y otros temas problemáticos. Anuncia que los propietarios de los garajes colindantes han decidido ir a la vía judicial en caso que el ayuntamiento conceda la licencia.

De entre público se pregunta cómo en garajes y locales que no tienen la licencia de primera ocupación se pueden conceder licencia de actividad y además teniendo en cuenta que los locales en los estatutos privados de la copropiedad tienen finalidad comercial pregunta cómo el ayuntamiento con tanta duda razonable sigue amparando intereses particulares frente a los generales o públicos.

Sin más intervenciones se vota la moción y todos los concejales se abstienen, por lo que no se aprueba.

8.- Ruegos y preguntas.

No se ha preguntado nada.

Cierre del acta.

 

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:10 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 622.557 al 622.565, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna