Aprobadas las ordenanzas fiscales para el 2017

Vie, 04/11/2016 - 12:52

El pleno aprueba disminuir el tipo de gravamen que aplica el Ayuntamiento al valor catastral para calcular el IBI para atenuar la subida del mismo a causa de la revisión del catastro realizada por la Diputación. Así las cosas, el IBI tendrá una subida del 4,5% en vez del 22% propuesto por la revisión.

En el pleno celebrado el 3 de noviembre quedaron aprobadas por unanimidad las ordenanzas fiscales para el próximo año, con la excepción de la modificación del IBI, que contó únicamente con los votos favorables del equipo de gobierno de EAJ-PNV, ya que la oposición votó en contra en éste punto.

Así las cosas, se ha aprobado disminuir el tipo de gravamen que aplica el Ayuntamiento al valor catastral para lograr atenuar  la repercusión que tendrá en el bolsillo del contribuyente la subida del IBI. Esta subida se debe a la revisión del valor catastral del suelo llevada a cabo por la Diputación, la cual no había sido actualizada desde el año 2001. Ello, automáticamente conlleva un aumento en el IBI.

Con el objeto de atenuar este incremento, el pleno ha aprobado rebajar el tipo de gravamen que aplica el Ayuntamiento al valor catastral para calcular el IBI. Gracias a ello, la subida será de un 4,5% frente al 22% propuesto por la revisión. Dicha subida no afectará de igual manera a toda la población, pero tal y como propuso el gobierno y ha quedado hoy aprobado en el pleno, a fin de que el incremento no supere el 4,5% el tipo de gravamen que el Ayuntamiento aplicará al valor catastral para calcular el IBI será del 0,0021.

El principal objetivo ha sido intentar minimizar el impacto de la subida para que ésta afecte en la menor medida posible a la economía de las y los lezoarras, aunque ello suponga un esfuerzo para el Ayuntamiento, ya que dejará de recaudar 73.000 euros.

Otras modificaciones que han sido aprobadas:

La plusvalía baja del 15% al 12% y se han incluido otras bonificaciones:

Para familias numerosas perceptoras de RGI, AES o AGI
• Bonificación del 75% en el IBI.
• Bonificación del 35% en el Impuesto Vehículos Tracción Mecánica a familias numerosas de categoría general con vehículo de más de 5 plazas y menos de 16 c.f.
• Bonificación del 50% en el Impuesto Vehículos Tracción Mecánica a las familias numerosas de categoría especial con vehículo de más de 5 plazas y menos de 16 c.f.

En general
• Bonificación del 35% en el Impuesto Vehículos Tracción Mecánica para Vehículos Híbridos.
• Bonificación del 50% en el Impuesto Vehículos Tracción Mecánica para Vehículos Eléctricos.
Por último, se mantienen el resto de las tasas y los impuestos, así como la tarifa de taxis para no aumentar la presión fiscal que padece la ciudadanía.

Valor catastral:

Con el objeto de aclarar las posibles dudas de la población lezoarra respecto al valor catastral, el Ayuntamiento ha puesto a disposición de la ciudadanía un documento con las preguntas frecuentes.

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