16 de Junio de 2009

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En Lezo, siendo las 8:00 horas del día 16 de junio de 2009, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN Ordinaria de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Jon Legorburu Arrastra e Iñigo Esnaola Rabiza.

No han acudido a la sesión Urko Lopetegi Campano y Maria Pilar Legorburu Etxegarai.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

 

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 2 de junio de 2009.

Se aprueba el acta.

  • URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2.- Aprobación de la propuesta de concesión de licencia de primera utilización de la vivienda acondicionada en el bajo nº10 de Guillermo de Lazón (2009H0300003).

 

Miren Garmendia Urzelaieta, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del local sito en Guillermo de Lazon kalea nº 10, así como las licencias definitivas de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Guillermo de Lazon kalea, números 10, bajo, se le concedió a Miren Garmendia Urzelaieta, mediante resolución de Alcaldía nº 06/536 el 12 de julio.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 12 de julio de 2006, un convenio con Miren Garmendia Urzelaieta, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Guillermo de Lazón nº 10, bajo.

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 8 de enero de 2007, concedió a Miren Garmendia Urzelaieta, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Guillermo de Lazón kalea, nº 10, bajo.

Teniendo en cuenta el informe de la arquitecta asesora y el informe jurídico, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder a Miren Garmendia Urzelaieta, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Guillermo de Lazón kalea, nº 10, bajo.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Miren Garmendia Urzelaieta, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Guillermo de Lazon kalea nº 10, bajo.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 80,87 euros.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

3.- Propuesta para aprobar la certificación de obra nº1, de la obra de rehabilitación y cubrición de la Plaza Saldise (2009H0110001).

 

Construcciones Otegi Gaztañaga, S.L., ha presentado la certificación de obra nº 1, correspondiente a los trabajos de rehabilitación y cubrición de la Plaza Saldise.

Teniendo en cuenta que este Órgano de Contratación no ha recibido y, por consiguiente, no lo ha aprobado ningún programa de trabajo correspondiente a las citadas obras, no aprobará ninguna certificación hasta que se presente y se apruebe el mismo. Así pues, el tema se deja sobre la mesa por las razones expuestas.

 

 

4.- Propuesta para aprobar el proyecto de reparcelación del área de Altzate (2008H0430005).

 

El 1 de abril de 2009, la Junta de Concertación del Ámbito Altzate 16 aprobó inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución del citado ámbito.

El proyecto de reparcelación se sometió durante 20 días a exposición pública, contados a partir de la publicación el 6 de abril de 2009 del anuncio de la aprobación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

Durante el periodo de exposición pública se presentó una única alegación ante el Ayuntamiento de Lezo, la firmada por José Javier Fernández Fernández, en nombre de "GEDINOR, S.L.".

Sin embargo, ADIF presentó otra alegación ante la Junta de Concertación del Ámbito Altzate 16.

El 11 de junio de 2009, la Junta de Concertación del Ámbito Altzate 16 aprobó el Texto Refundido del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución del ámbito en cuestión, tras introducir los cambios correspondientes a las alegaciones presentadas.

Por otra parte, el Ayuntamiento de Lezo y RESIDENCIAL IBAI-GAIN, S.A. firmaron el 8 de junio de 2007 un acuerdo urbanístico, según el cual RESIDENCIAL IBAI-GAIN, S.A. abonó en metálico el importe correspondiente al 10% de la edificabilidad de la unidad de ejecución y el resto se quedó en que se cumpliría mediante la cesión de una parcela urbanizada en la que se construirían 3/5 de viviendas de protección oficial.

Como quiera que en el momento de la firma del convenio RESIDENCIAL IBAI-GAIN, S.A. era dueña del 88,11% de los terrenos, la cesión se realizó teniendo siempre presente ese porcentaje límite. Por tanto, quedó sin cobrarse el 11,89% del 10% de la edificabilidad que corresponde al Ayuntamiento.

Así pues, debido a que el convenio se firmó en virtud de la vigente Ley 2/2006, según la disposición transitoria de la Ley 11/2008, prevalecerá lo determinado en el citado convenio, y, por lo tanto, en vez del 15%, será el 10% de las plusvalías por actividades urbanísticas generadas al Ayuntamiento el porcentaje de participación que corresponderá a la comunidad.

RESIDENCIAL IBAI-GAIN, S.A., el 15 de junio de 2009, abonó al Ayuntamiento de Lezo los 157.315 € correspondientes al 11,89% citado, a tenor de lo establecido en el correspondiente convenio urbanístico.

Asimismo, en dicho proyecto de reparcelación, se le cede al Ayuntamiento 3/5 de la parcela urbanizada, para la construcción de viviendas de protección oficial.

En virtud de lo establecido en el artículo 163 de la Ley 2/2006 del Suelo y Urbanismo, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

UNO: Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución del ámbito Altzate 16.

DOS: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

 

 

ONGIZATE

 

5.- Propuesta para aprobar la cesión a Oarsoaldea S.A. para realizar la solicitud de subvención para realizar actividades de inclusión social y posterior organización y gestión de dichas actividades.

 

El Ayuntamiento de Lezo ha analizado la orden publicada en el BOPV que regula las subvenciones para la realización de actividades en el área de la inclusión social. Desde el año 2004 y hasta el ejercicio anterior, el Ayuntamiento de Lezo a través de Oarsoaldea S.A. solicitó al Gobierno Vasco subvención para programas de inclusión social, concretamente para la puesta en marcha de dos talleres denominados Sortu y Txertatu. Ambas actividades de inclusión social han sido organizadas y gestionadas a través de Oarsoaldea S.A. Estos programas de inclusión son recursos que se han creado dentro del marco de trabajo de la Comisión de Inserción de Oarsoaldea. En ambos talleres participarán ciudadanos de Lezo, Errenteria, Oiartzun y Pasaia, que tengan necesidad de inclusión social. Tras la valoración realizada en dicha Comisión de Inserción y tras publicarse la orden del 22 de abril del 2009 por la que se regulan subvenciones para la realización de actividades en el área de inclusión social, a propuesta de esta alcaldía, a la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: El Ayuntamiento de Lezo encomienda a Oarsoaldea S.A. la presentación de la solicitud de subvención al Gobierno Vasco para realizar actividades de inclusión social, en nombre del Ayuntamiento de Lezo.

SEGUNDO: El Ayuntamiento de Lezo, en base a la subvención concedida, encomienda a Oarsoaldea S.A. la puesta en marcha y la gestión de las actividades de inclusión social.AD-

TERCERO: El Ayuntamiento de Lezo transferirá a Oarsoaldea S.A. la subvención recibida del Gobierno Vasco para la gestión de dichas actividades.

El abono se efectuará por partes; al adoptarse la resolución se abonará el 75%, y el resto del 25% a la presentación de los justificantes de los gastos realizados. (Según lo establecido en el artículo 11 de la orden del 22 de abril del 2009, que regula las subvenciones para la realización de actividades de inclusión social).

CUARTO: Oarsoaldea S.A. remitirá al Ayuntamiento de Lezo y al Gobierno Vasco una memoria con la evaluación de las actividades de inclusión social, adjuntando los justificantes de los gastos. Todo ello antes del 28 de febrero de 2010. (Según lo establecido en el artículo 15 de la orden del 22 de abril del 2009, que regula las subvenciones para la realización de actividades de inclusión social).

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

 

 

KONTUHARTZAILETZA

 

6.- Aprobar la relación de facturas nº 20.

 

Se ha aprobado la relación de facturas Nº 20, excepto la presentada por Construcciones Otegi-Gaztañaga, S.L. La aprobación de la citada factura se deja sobre la mesa por las razones expuestas en el punto tercero de la presente acta.

 

 

ALCALDÍA Y DELEGADOS

 

7.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

 

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 2 de junio de 2009.

El alcalde dice que el plazo de inicio de las obras del centro de día se ha modificado, mediante un acuerdo alcanzado con el adjudicatario. El acta de replanteo se realizará el próximo 1 de octubre, según el contrato firmado por ambas partes. El resto de las condiciones se mantienen, de conformidad con el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 2 de diciembre de 2008 y el 10 de marzo de 2009. La Junta de Gobierno Local ha ratificado la modificación contractual llevada a cabo mediante el acuerdo alcanzado entre la empresa y el Ayuntamiento.

 

 

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:15 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números del 828.620 al 828.624 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


Eguna