26 de noviembre de 2015

Tipo de documento

En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 19:45 horas del día 26 de noviembre de 2015 se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN ORIDNARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los siguientes corporativos: Maria Noemi Arbera Oses, Alfredo de la Puente Pagola, Xubero Ubillos Apaolaza, Enrique Figueroa Laboa, Irlentz Ortega Ugalde (grupo municipal EAJ-PNV), Ainhoa Zabalo Loiarte, Mikel Arruti Salaberria, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra, Angel Portugal Formoso (grupo municipal EHBILDU) y Jose Angel Sanchez Gallardo (Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak).

No asisten a la reunión Igor Cordero de la Fuente y Garazi Kuesta Unzain (grupo municipal EHBILDU)

Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola Aristi que da fe del acto.

El alcalde decide tratar como primer punto el punto 11 del orden del día.

11. Dictamen para ratificar las alegaciones a la aprobación inicial del Plan Territorial Parcial de Donostialdea (2015H0460001).

La concejala Ainhoa Zabalo Loiarte (grupo municipal EHBILDU) ha leído el dictamen aprobado por la Comisión Informativa General. Dice así:

19/11/2015: Celebración de la Comisión General de Información.

En un principio, la Comisión no tenía previsto tratar este tema entre los que se encontraban pendientes de dictamen:

En relación con lo previsto en el PTP de Lezo-Gaintxurizketa, aprobar las alegaciones acordadas y presentadas por los 6 concejales de EAJ-PNV y de los 6 de Bildu del Ayuntamiento de Lezo que se enviaron a la Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo del Departamento de Medio Ambiente y Planificación Territorial del Gobierno Vasco el pasado 18 de noviembre de 2015.

No obstante, los miembros de la Comisión General de Información han votado y decidido, por unanimidad, incluir dicho tema en el orden del día y dictaminarlo.ç

A continuación el texto de las alegaciones:

Ante lo establecido por el Plan Territorial Parcial (PTP) de Donostialdea con respecto al municipio de Lezo, el alcalde de Lezo y el grupo de concejales mencionados a pie de página manifiestan lo siguiente:

A día de hoy, el Plan General vigente para la ordenación del municipio de Lezo tiene establecidos los criterios que deberán seguirse durante los próximos años para la ordenación urbanística del municipio, así como los ámbitos que son de desarrollo y los que no. Asimismo, determina el modo de desarrollar los ámbitos de desarrollo; es decir, qué construir en cada zona. Tiene en cuenta las superficies destinadas a actividades industriales, las que están ocupadas actualmente y las que deberían ocuparse en un futuro próximo, para poder dar respuesta a las posibles nuevas exigencias. Identifica los espacios no urbanizables, ya que considera que requieren de protección. Indica lo que se puede hacer y lo que no; a saber, establece diversas “líneas rojas”, que el Plan Territorial Parcial (PTP) de Donostialdea sobrepasa sin miramientos.

El PTP pretende construir una intermodal en Gaintxurizketa (Lezo) y ocupar una gran superficie con una plataforma logística. El caso es que la superficie reservada por el Plan General de Lezo para actividades industriales forma parte de esa gran superficie prevista por el PTP para sus proyectos, mientras que la otra parte (destinada a la plataforma logística) está recogida como zona protegida en el Plan General. Así pues, el PPT y el Plan General de Lezo no son compatibles en los criterios de la utilización de la superficie y, en ese sentido, queremos manifestar que estamos muy preocupados.

Con respecto a los planos, nos preocupa también la red viaria que se pretende construir para unir la zona de Gaintxurizketa con el puerto, ya que, según los planos, dicha red cruza de lado a lado el municipio.

El PTP exige a Lezo que le ceda una gran parte de la superficie propiedad del municipio; es un esfuerzo muy grande, pero las argumentaciones esgrimidas para tener que realizarlo carecen de peso. Según el PTP, es necesaria una superficie logística en Gaintxurizketa para apoyar la actividad portuaria. Creemos que como mejor se apoyaría esa actividad sería únicamente situando dicha superficie en el puerto, ya que, lejos del mismo, los desplazamientos y los trabajos de carga y descarga de las mercancías no hacen más que encarecer la actividad. No obstante, sorprendentemente, se da preferencia a alejar la superficie del puerto y situarla en Lezo. Pero hay más: parece que, una vez decididos a alejarnos, dicha superficie puede situarse tan lejos como se desee (como si la distancia al puerto no fuese un criterio tan determinante), como han hecho en Bilbao, donde han ubicado los almacenes del puerto a varios kilómetros del muelle, en la frontera con Araba; por lo tanto, en caso de no reservar ninguna superficie para dicho uso en el puerto, tampoco tiene por qué situarse en Lezo, pudiendo estar en cualquier otro lugar. Según el PTP, se construirá una red ferroviaria en Lezo, puesto que constituye una “zona estratégica”, como si la esencia de Lezo fuese la de ser estratégico. Lezo es estratégico por acuerdo político, pero no de por sí, de manera que es una decisión política construir la red ferroviaria en Lezo (en Lezo, y no en algún otro municipio que cuente ya con una red). Estamos en total desacuerdo con esta actuación que cambiará la fisonomía del municipio. No hemos encontrado razón de peso alguna para su construcción.

Con todo lo expuesto, exigimos que no se ejecute nada de lo previsto en el PTP de Gaintxurizketa-Lezo: la intermodal, la superficie logística, así como la red viaria que cruzaría de lado a lado el municipio. Queremos manifestar nuestra enorme preocupación por este tema; en ese sentido, realizaremos un seguimiento exhaustivo de los acuerdos que se adopten en torno al mismo.

Se adjuntan las ALEGACIONES que presentamos en torno al PTP, cuya respuesta esperamos.”

Una vez analizado el expediente, así como el correspondiente informe técnico, la Comisión General de Información dictamina lo siguiente, con el voto a favor de EAJ-PNV y Bildu y la abstención de PSE-PSOE, para su aprobación por parte del Pleno:

PRIMERO: En relación con lo previsto en el PTP de Lezo-Gaintxurizketa, aprobar las alegaciones acordadas y presentadas por los 6 concejales de EAJ-PNV y de los 6 de Bildu del Ayuntamiento de Lezo que se enviaron a la Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo del Departamento de Medio Ambiente y Planificación Territorial del Gobierno Vasco el pasado 18 de noviembre de 2015.

Se aprueba el dictamen con 10 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV y 4 del grupo municipal EHBILDU) y con un voto en contra (Euskal Sozialistak-Socialistas Vascos)

1.Aprobación, si procede, de las actas de las sesiones plenarias celebradas con carácter ordinario el dia 24 de septiembre de 2015, con carácter extraordinario los días 26 de octubre, 11 de noviembre y 19 de noviembre con carácter extraordinario urgente el día 26 de octubre de 2015.

En la versión en castellano del acta del 24 de septiembre de 2015, el concejal Jose Angel Sanchez Gallardo observa un error en el folio nº 1105984, donde dice: “La corporación municipal de Andoain” y “El pleno del Ayuntamiento de Lezo” debe decir: “La corporación municipal de Lezo” y “El pleno del ayuntamiento de Lezo”

En el acta del 19 de noviembre de 2015. hay que hacer una corrección en los asistentes al pleno, ya que Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra (EHBILDU) no asistió al pleno.

Hechas las correcciones las actas se aprueban y se firman.

El acta del 26 de octubre se aprueba sin corrección alguna.

2.Dictamen para la aprobación del Presupuesto municipal para el ejercicio de 2016 (2015KO290002).

El alcalde propone aprobar el dictamen aprobado por la comisión informativa general. Dice así:

Visto el expediente que se tramita para la elaboración y aprobación del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2016, la Comisión General Informativa, en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2015, con los votos ponderados favorables de los corporativos Kepa Garbizu Azkue, Noemí Arberas Oses, Xubero Ubillos Apaolaza y la abstención de Mikel Arruti Salaberria, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra y Jose Angel Sanchez Gallardo, dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2016, cuyo detalle por capítulos es el siguiente:

Kap

AZALPENA

Concepto

GASTUAK

Gastos

Kap

AZALPENA

Concepto

SARRERAK

Ingresos

2016

2016

1

Pertsonal Gastuak

Gastos de personal

2.765.000,00

1

Zuzeneko zergak

Impuestos Directo

2.446.000,00

2

Gastuak ondasun arrunt.

Gastos en Bienes Ctes.

2.797.400,00

2

Zeharkako zergak

Impuestos indirectos

140.000,00

3

Finantza gastuak

Gastos financieros

65.000,00

3

Tasak eta bestelako zergak

Tasas y otros ingresos

1.380.000,00

4

Transferentzia arruntak

Transferencias Ctes

1.182.000,00

4

Transferentzia arruntak

Transferencias corrientes

3.990.000,00

5

Kreditu Globala eta bes

Crédito Global y otros

159.600,00

5

Ondare sarrerak

Ingresos Patrimoniales

27.000,00

6

Inbertsio errealak

Inversiones Reales

489.000,00

7

Kapital transferentziak

Transferencias de capital

5.000,00

8

Finantza aktiboak

Activos Financieros

12.000,00

8

Finantza aktiboak

Activos financieros

12.000,00

9

Finantza pasiboak

Pasivos Financieros

530.000,00

GUZTIRA

8.000.000,00

GUZTIRA

8.000.000,00

SEGUNDO: Abrir un período de quince días para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios, para que se puedan presentar alegaciones

Ainhoa Zabalo y Mikel Arruti (grupo municipal EHBildu) manifiestan sus dudas acerca de algunas partidas presupuestarias de gastos y exigen explicaciones al respecto. Entre otras, las siguientes: la memoria y las cantidades de las partidas no coinciden en algunos casos (intervención familiar, escuela de música, créditos,...); en la memoria redactada en euskera, en el tercer párrafo, existe un error en el capítulo de gastos; preguntan sobre la razón del incremento de gasto de la agencia de desarrollo Oarsoaldea; quieren saber a qué se van a destinar los 50.000 € de la partida de igualdad; preguntan sobre la razón de la reducción de gasto en el transporte escolar, sobre la razón de la reducción de la partida de comunicación y sobre la razón de otras reducciones de gasto.

Noemi Arberas les responde que en la partida de gastos prevista para igualdad se incluye el servicio de asesoría de todo el año, así como la campaña contra la violencia de género, los talleres y las conferencias habituales.

En cuanto al resto de dudas planteadas, no se han aclarado y el alcalde se ha comprometido a repasarlas.

Además de exponer las mencionadas dudas, Ainhoa Zabalo da cuenta de las enmiendas presentadas por el grupo municipal EHBildu. Las enmiendas fueron registradas en el ayuntamiento el 25 de noviembre.

El concejal del grupo municipal Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos José Ángel Sánchez, asimismo, ha presentado enmiendas al presupuesto, concretamente las enumeradas en el escrito registrado a fecha de 25 de noviembre.

Los tres grupos políticos que integran el pleno se han reunido previamente para analizar estas dos enmiendas. En la citada reunión, los dos grupos enmendantes han alcanzado un consenso tras retirar varias enmiendas. Estas son las seis enmiendas consensuadas que se proponen someter a votación:

  1. Preveer un gasto de 140.000 € para el Plan de Empleo a cuenta de la partida de gastos Crédito Global de Alcaldía.
  2. Pasar 80.000 € del Capítulo I al Capítulo VI, aprovechando que hay menos políticos liberados que en la anterior legislatura.
  3. De los 569.000 € previstos en la partida de gastos para inversiones, que 200.000 € sean destinados a impulsar proyectos de accesibilidad.
  4. De los 569.000 € previstos en la partida de gastos para inversiones, que 100.000 € sean para realizar inversiones acordadas tras un proceso de participación en el barrio de Gaintxurizketa.
  5. Ampliar la partida de gastos destinada al euskera en 10.000 € a cuenta de la partida de gastos Crédito Global de Alcaldía.
  6. Preveer un gasto de 5.000 € para impulsar el comercio cercano a cuenta de la partida de gastos Crédito Global de Alcaldía.

Se aprueban las seis enmiendas por unanimidad con el voto a favor de los once concejales presentes en el pleno.

Además de las seis enmiendas aprobadas, se somete a votación la propuesta de presupuesto presentada y se aprueba con 7 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV y 1 de Eusko Sozialistak-Socialitas Vascos) y con 4 abstenciones (grupo municipal EHBILDU).

Se ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2016, cuyo detalle por capítulos es el siguiente

Kap

AZALPENA

GASTUAK

Kap

AZALPENA

SARRERAK

Cap.

Concepto

Gastos

Cap.

Concepto

INGRESOS

1

Pertsonal Gastuak

2.685.000

1

Zuzeneko zergak

2.446.000

Gastos de personal

Impuestos directos

2

Gastuak ondasun arrunt.

2.802.400

2

Zeharkako zergak

140.000

Bienes corrientes y servicios

Impuestos indirectos

3

Finantza gastuak

65.000

3

Tasak eta bestelako zergak

1.380.000

Gastos financieros

Tasas y otros ingresos

4

Transferentzia arruntak

1.272.000

4

Transferentzia arruntak

3.990.000

Transferencias corrientes

Transferencias corrientes

5

Kreditu Globala eta Bestelako

64.600

5

Ondare-sarrerak

27.000

Crédito Global y otros imprevi

Ingresos patrimoniales

6

Inbertsio errealak

569.000

6

Hirigintzako Jarduerak

0

Inversiones reales

Actuaciones urbanísticas

8

Finantza aktiboak

12.000

7

Kapital transferentziak

5.000

Activos financieros

Transferencias de capital

9

Finantza pasiboak

530.000

8

Finantza aktiboak

12.000

Pasivos financieros

Activos financieros

TOTAL

8.000.000 €

GUZTIRA

8.000.000 €

SEGUNDO: Abrir un período de quince días para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios, para que se puedan presentar alegaciones

3.Dictamen para la declaración de créditos incobrables en el ejercicio 2015 (2015KO120001).

Dice así el dictamen aprobado por la comisión informativa general:

Examinada la propuesta presentada por el departamento de Recaudación, en relación a los recibos que no han podido ser cobrados hasta el año 2011, este alcalde propone a la comisión informativa general la aprobación de la siguiente propuesta de dictamen.

PRIMERO: Declarar incobrables por insolvencia y prescripción, la relación presentada, ( 93.708,68 € ) al concurrir las siguientes circunstancias:

  • - El embargo de fondos en distintas entidades ha sido negativo.
  • - El embargo de salario, no es posible por carecer de nómina.
  • - Existiendo bienes inmuebles, el coste del embargo del mismo, sea desproporcionado con el importe de la deuda.”

Una vez efectuada la votación se aprueba el dictamen por unanimidad con 11 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV, 4 del grupo municipal EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

4.Dictamen para la aprobación del convenio de colaboración sobre información en materia de seguridad vial (2015KO360001).

Dice así, el dictamen aprobado por la comisión informativa:

El alcalde da cuenta del convenio de colaboración entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco y la entidad local Ayuntamiento de Lezo, para el intercambio de información en materia de seguridad vial y acceso a las bases de datos.

Considerando que el contenido del convenio resulta de interés para este ayuntamiento y la vista del informe emitido por el interventor municipal, la Comisión Informativa General, en sesión celebrada el 19 de noviembre de 2015, con los votos favorables de los corporativos Kepa Garbizu Azkue, Noemí Arberas Oses, Xubero Ubillos Apaolaza, Mikel Arruti Salaberria, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra, y Jose Angel Sanchez Gallardo dictamina para su aprobación en pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el convenio de colaboración entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, el Departamentos de Seguridad del Gobierno Vasco y la entidad local Ayuntamiento de Lezo, para el intercambio de información en materia de seguridad vial y acceso a las bases de datos.

SEGUNDO: Facultar al alcalde de Lezo, Pedro María Garbizu Azkue para la firma del convenio de colaboración aprobado.

TERCERO: La representación municipal en la Comisión de Seguimiento del Convenio estará compuesta por el jefe de la guardia municipal, Segundo Angel Garbizu Rodríguez y por el alcalde Pedro María Garbizu Azkue..

CUARTO: Solicitar el alta como usuarios del registro a los empleados municipales Mª Carmen Sarasua Garmendia, con nº de D.N.I. 15977385K y Segundo Angel Garbizu Rodríguez, con nº de D.N.I. 159815385Y.

QUINTO: Comunicar este acuerdo a las partes interesadas, mediante la certificación expedida del mismo, y remitir además, copias del convenio firmado por el alcalde de la corporación para que puedan ser firmadas por las demás partes.”

Se efectúa la votación y se aprueba por unanimidad con 11 votos a favor (6 del grupo muncipal EAJ-PNV, 4 del grupo EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

5.Dictamen para aprobar las tarifas de Taxi para el año 2016 (2015KO290005).

Dice así el dictamen aprobado por la comisión informativa:

Con fecha 16 de noviembre de 2015 y mediante registro de entrada nº 2603, Fernando Nebreda Diaz de Espada, en representación de Oarsoaldea, S.A presenta escrito en el cual se solicita a los ayuntamientos de la comarca la aprobación del acuerdo adoptado por la Comisión Comarcal del Taxi sobre las tarifas de taxi para el ejercicio de 2016 en Oarsoaldea.

Junto con dicha solicitud se adjunta el acuerdo adoptado, en el que literalmente se indica que: “Como las asociaciones del taxi no han prensentado en los ayuntamientos de la comarca antes del 15 de septiembre o solicitud para la revisión de las tarifas del servicio de auto-taxi, se entienden prorrogados los precios vigentes en 2015,..”.

Por ello, presentan a los ayuntamientos de la comarca la siguiente tabla de tarifas para el ejercicio 2016 unificadas para su aprobación.

1.TARIFA / TARIFA 1

2. TARIFA / TARIFA 2

Gutxienekoa

Egindako km

Itxaronaldia orduko

Gutxienekoa

Egindako km

Itxaronaldia orduko

5,1690

1,0838

21,3074

6,1015

1,7012

23,1549

1.TARIFA:

Días laborables (excepto sábados) de 7:00 a 22:00

2.TARIFA:

Sábados, domingos y festivos fijados en la correspondiente normativa autonómica y local. Se aplicará también los días laborables de 22:00 a 7:00 y los días 24 y 31 de diciembre.

Tarifa Mínima:

Incluye 5 minutos de espera ó 1,5 km de recorrido.

Examinada la propuesta y tras su deliberación, la Comisión Informativa General, en sesión celebrada el 19 de noviembre de 2015, con los votos favorables de los corporativos Kepa Garbizu Azkue, Noemí Arberas Oses, Xubero Ubillos Apaolaza, Mikel Arruti Salaberria, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra y Jose Angel Sanchez Gallardo dictamina para su aprobación en pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el acuerdo adoptado por la comisión comarcal de taxi sobre las tarifas de taxi para el ejercicio 2016 en Oarsoaldea.

SEGUNDO: Comunicar a Oarsoaldea y al Gobierno Vasco el presente acuerdo”

Se aprueba el dictamen y se aprueba por unanimidad con 11 botos a favor (6 grupo municipal EAJ-PNV, 4 del grupo municipal EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

6.Dar cuenta de las modificaciones al presupuesto municipal aprobadas por alcaldía (2015KO090002 y 2015kO030001).

El Interventor da cuenta de las modificaciones al presupuesto municipal hechas por el alcalde recogidos en los expedientes 2015KO090002 y 2015KO030001.

El pleno queda enterado.

7.Informes del Interventor.

Se da cuenta al pleno del informe del Interventor Municipal realizado en dos expedientes de modificación de créditos en relación al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública y de la regla de gasto.

Dichos expedientes son: 2015-KALD-0000-09-00 (2015KO090002)

2015-KALD-0000-08-00 (2015KO0300001)

Asímismo se da cuenta del informe del Periodo Medio de Pago (PMP) correspondiente al tercer trimestre del año 2015.

El pleno queda enterado.

8.Dictamen para la aprobación de la plantilla orgánica y de la Relación de Puestos de Trabajo de 2016 (2015PE290003).

Dice así el dictamen aprobado por la comisión informativa:

En base a la legislación vigente, corresponde a la corporación local aprobar anualmente a través del presupuesto, la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo municipales.

En su vista, la Comisión Informativa General en sesión celebrada el 19/11/2015, dictaminó por unanimidad para su aprobación en Pleno, el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la plantilla orgánica municipal para el año 2016.

SEGUNDO: Aprobar inicialmente la relación de puestos de trabajo para el año 2016.

TERCERO: Exponer al público el expediente por el plazo de 15 días, mediante anuncios en el BOG y en el tablón de anuncios.

CUARTO: Si durante el periodo de exposición pública no se presentase ninguna reclamación se entenderá definitivamente aprobado.

Una vez efectuada la votación se aprueba por unanimidad con 11 botos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV, 4 del grupo municipal EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

9.Dictamen para abonar a los trabajadores municipales un complemento retributivo (2015PE290004).

Dice así el dictamen aprobado por la comisión informativa:

Desde el año 2011, con motivo del RDL 8/5010, de 20 de mayo y hasta la actualidad a través de la Leyes de Presupuestos Generales, se vienen adoptando medidas de contención en los gastos de personal de las diversas Administraciones Públicas, de obligado cumplimiento también en las Corporaciones Locales, que han supuesto la reducción y congelación de las retribuciones del personal municipal.

Además, en los últimos años, teniendo en cuenta la situación económica general, el Ayuntamiento ha tenido que adoptar decisiones de ahorro, entre ellas la contención del gasto de personal.

Para llevar a cabo este ahorro se han realizado menos sustituciones y se ha restringido al máximo posible el personal de nuevo acceso en momentos de acumulación de trabajos, por lo que los empleados/as han tenido que asumir una mayor carga de trabajo a lo largo de estos años para poder mantener el nivel de servicios.

Por ello, esta Alcaldía, teniendo en cuenta el esfuerzo realizado por el personal municipal durante el año 2014, propone que dentro del Capítulo 1 del vigente presupuesto se destine la cantidad global de 59.696,43€ para el abono del concepto retributivo de productividad entre todos los/as empleados/as que hayan prestado sus servicios entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2014, sin que dicho abono suponga mayor gasto en el Capítulo 1 del año 2015.

A este concepto de productividad que retribuye el especial rendimiento así como el interés o iniciativa con el que el empleado público desempeña su puesto de trabajo, no le es de aplicación la prohibición señalada en el artículo 20.2 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre de Presupuestos Generales para 2015.

En este sentido, al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.5 del RD 861/1986, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración Local, le corresponde al Pleno de la Corporación determinar en el presupuesto la cantidad global destinada a la asignación del complemento de productividad.

En su vista, la Comisión Informativa General en sesión celebrada el 19/11/2015, dictaminó por unaminidad para su aprobación en Pleno, el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Determinar la cantidad global de 59.696,43€, esto es el 3% del salario bruto del año 2014, para el abono de un complemento de productividad entre el personal municipal que hay prestado sus servicios en este Ayuntamiento entre el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2014.

SEGUNDO: El montante a cobrar por cada empleado será el 3% del salario bruto abonado durante año 2014.

Una vez efectuada la votación se ha aprobado por unanimidad con 11 votos a favor (6 grupo municipal EAJ-PNV, 4 del grupo municipal EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

10.Dictamen para nombrar Juez titular y suplente (2014PE090001).

Dice así el dictamen aprobado por la comisión informativa:

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 24/07/2014 acordó iniciar el proceso para la selección del Juez de Paz titular y suplente de este municipio, y fijó los requisitos principales que debían reunir los/as aspirantes.

La convocatoria fue publicada en el BOG de 22/08/2014 y se dio cuenta de la misma en un bando repartido en el municipio.

Finalizado el plazo de inscripción se presentaron 22 solicitudes cumpliendo los requisitos exigidos.

En base a los curriculums presentados el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 22/09/2014 acordó nombrar como Juez de paz titular a Agustina Pontesta Garmendia y suplente a Eneritz Arruti Osanbela.

Agustina Pontesta Garmendia se jubiló el 19/06/2015 y desde esa fecha Eneritz Arruti Osanbela está realizando las funciones de Juez de paz.

Ante esta situación el Ayuntamiento de Lezo debe realizar los trámites necesarios para nombrar nuevo Juez de paz titular y suplente.

En su vista, la Comisión Informativa General en sesión celebrada el 19/11/2015, dictaminó por unanimidad para su aprobación en Pleno, el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Nombrar como juez de paz titular a Eneritz Arruti Osanbela.

SEGUNDO: En base a los curriculums presentados nombrar al Juez de Paz sustituto en el siguiente orden, a Ane Unanue Ayuso, Maider Lasaga Telletxea y Nagore Perez Maritxalar.

TERCERO: Dar cuenta de esta resolución al Tribunal Superior de Justicia de la CAPV.

Una vez efectuada la votación se ha aprobado por unanimidad con 11 votos a favor (6 grupo municipal EAJ-PNV, 4 del grupo municipal EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

12.Dictamen para la aprobación definitiva del Plan Parcial de HAE36 de Gaintxurizketa (2015H0410001).

Dice así el dictamen aprobado por la comisión informativa:

El Ayuntamiento de Lezo, mediante el acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno Local de 20 de abril de 2015, aprobó inicialmente el Plan Parcial del AOU 36 Gaintxurizketa.

El anuncio de dicho acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 25 de mayo de 2015, así como en la prensa escrita.

En el plazo de exposición pública no se ha presentado alegación o reclamación alguna.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 95 y 96 de la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo,

Examinado el expediente y visto el informe técnico redactado al efecto y a propuesta de la Concejal Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, por unanimidad la Comisión Informativa General dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar definitivamente el Plan Parcial del AOU 36 Gaintxurizketa.

SEGUNDO: Publicar en el Boletín Oficial de Gipuzkoa tanto la presente resolución como el texto de la Normativa Urbanística del Plan Parcial.

José Ángel Sánchez dice que tiene dudas sobre la idoneidad de este plan ya que implica un incremento de las obligaciones de los dueños de los polígonos.

La concejal delegada de Urbanismo Xubero Ubillos distingue dos fases en el desarrollo del ámbito y admite que la segunda fase puede revestir dificultades. En cualquier caso, dice que se trata del desarrollo de lo dispuesto en el Plan General de Urbanismo de Lezo.

Se aprueba el dictamen con 10 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV y 4 de EHBILDU) y con una abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

13.Dictamen para la prórroga del contrato de limpieza vial y recogida de residuos (2015ID170005).

Dice así el dictamen aprobado por la Comisión Informativa General:

Con fecha 2015/11/19 se celebró Comisión Informativa General.

El Ayuntamiento de Lezo, mediante el acuerdo adoptado en el pleno celebrado el 7 de diciembre de 2006, aprobó iniciar el expediente de contratación y de pliegos de cláusulas administrativas y técnicas del servicio de limpieza pública viaria y recogida de residuos sólidos urbanos.

El Ayuntamiento de Lezo, en la Junta de Gobierno celebrada el 7 de mayo de 2007, acordó adjudicar el contrato a la UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS “SERBITZU ELKARTEA, S.L.” y “FOMENTO DE CONTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A.”

El contrato se formalizó el 28 de mayo de 2001 y según la tercera cláusula del mencionado contrato, la duración es de 8 años contados a partir del 1 de junio de 2007.

En virtud de lo dispuesto en la octava cláusula del contrato, para todas las cuestiones al respecto no recogidas expresamente en ese documento, se cumplirá con lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en el resto de documentos contractuales y en las normas de aplicación a la Contratación Pública.

El pliego de cláusulas administrativas particulares, concretamente en el apartado 1.4 establece que el plazo de duración del contrato será de 8 años, esto es, desde el 1 de febrero del 2007 hasta el 31 de diciembre del 2015.

No obstante, al finalizar dicho período, podrá ser prorrogado por otros 2 años más, previo acuerdo anual de la Comisión de Gobierno o Alcaldía.

Teniendo en cuenta que los trámites para una nueva contratación de estos servicios o los trámites necesarios para contratar estos servicios mediante otro modelo de contratación previsto por la ley –a fecha del presente informe– no han sido iniciados, es evidente que para el 1 de enero de 2015 no va a ser posible realizar un nuevo contrato u otro modelo de gestión, y por lo tanto, no hay más opción que continuar con el servicio contratado.

Examinado el expediente y visto el informe técnico redactado al efecto y a propuesta de la Concejal Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, con el voto a favor de los representantes de EAJ-PNV y EH BILDU y el voto en contra del representante del PSE-PSOE, la Comisión Informativa General dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Prorrogar el contrato de limpieza pública viaria y recogida de residuos sólidos urbanos adjudicado a la UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS “SERBITZU ELKARTEA, S.L.” y “FOMENTO DE CONTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A.” por un año, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre del 2016.

SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a la mencionada unión temporal de empresas.

Xubero Ubillos opina que es necesario un año para realizar una consulta sobre el sistema de recogida de residuos y para adaptarse en el caso de un posible cambio de sistema.

José Ángel Sánchez dice que, tal y como anunció en la comisión informativa, no está de acuerdo con las razones del acuerdo porque no ve necesaria la realización de una consulta. Añade que otros ayuntamientos (Pasaia, Legazpi, Astigarraga, Villabona, Bergara,…) han puesto en marcha el cambio del sistema de recogida porque después de ganar las elecciones los grupos municipales están legitimados para ello y opina que es un fraude a los electores no hacerlo de esa manera.

Ainhoa Zabalo no está de acuerdo con José Ángel Sánchez y dice que están dispuestos a reflexionar sobre la propuesta de Xubero Ubillos siempre que el nivel de recogida selectiva sea el más elevado posible.

Ainhoa Intxaurrandieta señala que con el modelo actual se recoge selectivamente un 85% de residuos en Lezo y que la disminución de ese porcentaje supondría un retroceso.

Se aprueba el dictamen con 10 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV y 4 del grupo municipal EHBILDU) y con 1 en contra (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

14.Dictamen para la modificación del Reglamento para la adjudicación y gestión de las huertas ecológicas de Lezo (2015H0290002).

Dice así el dictamen aprobado por la comision informativa general:

Con fecha 2015/11/19 se celebró Comisión Informativa General.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 28/03/2012, aprobó inicialmente el Reglamento para la adjudicación y gestión de Huertas Ecológicas de Lezo. Código Expediente: 2012H0290005. Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público y no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna, el mencionado reglamento quedó aprobado definitivamente y fue publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa con fecha 5 de junio de 2012 (nº 106).

Habiendo transcurrido dos años desde la puesta en marcha del proyecto, se ha detectado la necesidad de realizar algunas modificaciones en el reglamento con el fin de introducir mejoras o precisiones sobre aspectos como el abono de la cuota y el compost, entre otros.

Se propone la modificación de los artículos 5, 13, 17, 22 y 24 del reglamento para la adjudicación y gestión de las Huertas Ecológicas de Lezo quedando dichos artículos redactados de la siguiente forma:

Artículo 5

Sustituir:

El aprovechamiento y/o uso del terreno se concederá por periodos anuales, siendo susceptible de prórroga hasta un máximo de seis años.”

Por:

El aprovechamiento y/o uso del terreno se concederá por periodos anuales, hasta el 31 de diciembre de cada año, siendo susceptible de prórroga hasta un máximo de seis años.”

Artículo 13

Eliminar el último párrafo

Una vez adjudicada la licencia que autoriza el uso del huerto, el adjudicatario deberá autoliquidar el importe de la cuota anual y depositar y el importe de la fianza correspondiente establecido a fin de recibir la correspondiente licencia concedida. La fianza se devolverá una vez transcurrido el plazo de adjudicación, sin haber resultado adjudicatario de otro huerto para esa nueva temporada.”

Artículo 17.1

En el siguiente apartado:

l) No utilizar vehículos de tracción mecánica al interior de los huertos.”

Añadir la siguiente frase:

Solamente cuando sea necesario dar la vuelta a la tierra para la preparación de la parcela, se autorizará el uso del arado mecánico.”

Artículo 22

Sustituir:

Artículo 22. Tratamiento de residuos.

1. Los usuarios de los huertos, serán responsables del adecuado estado de limpieza de la parcela .

2. El resto de residuos serán depositados únicamente en el espacio o contenedor destinado o colocado por el Ayuntamiento al efecto”.

Por:

Artículo 22. Tratamiento de residuos y compostaje del bioresiduo.

1. Los usuarios de los huertos, serán responsables del adecuado estado de limpieza tanto de la parcela como de todos aquellos terrenos incluidos dentro de Lezoko Baratza Parkea y para ello deberán depositar los residuos en el espacio o contenedor destinado o colocado por el Ayuntamiento al efecto.

2. En cuanto a los restos orgánicos, los usuarios estarán obligados al compostaje del bioresiduo generado en el huerto y para ello deberán utilizar las infraestructuras habilitadas en Lezoko Baratza Parkea por el Ayuntamiento.

3. El resto de residuos deberá ser gestionado por los propios usuarios, pudiendo consensuarse con el Ayuntamiento el sistema de recogida de los mismos.

Artículo 24.3

Sustituir:

3. El Ayuntamiento aplicará un canon por el cultivo del huerto y una fianza en garantía de la correcta utilización del espacio de dominio público municipal con arreglo a las siguientes cuantías:

a) Canon: 60,00 euros por uso de cada huerto y año.

b) Fianza. Se debe depositar una fianza por importe de 100,00 euros en garantía de la correcta utilización del dominio público municipal. Dichas cantidades serán contempladas y actualizadas en la correspondiente ordenanza fiscal.

Con carácter general, se devengan el canon del primer año y la fianza en el mismo momento de otorgamiento de la licencia municipal autorizadora del uso del huerto. En años posteriores, deberá abonarse el canon antes de finalizar el primer año de autorización.

4. Se emitirán las facturas correspondientes de consumo de agua, cada concesionario pagará, a través de la asociación, la factura de forma proporcional”.

Por:

3. El Ayuntamiento aplicará un canon por el cultivo del huerto y el usuario deberá depositar una fianza en garantía de la correcta utilización del espacio de dominio público municipal con arreglo a las siguientes cuantías:

a) Canon: 62,00 euros por consumo de agua y por uso de cada huerto y año.

b) Fianza. 100,00 euros de fianza en garantía de la correcta utilización del dominio público municipal. Dichas cantidades serán abonadas según la correspondiente ordenanza fiscal vigente”.

Examinado el expediente y visto el informe técnico redactado al efecto y a propuesta de la Concejal Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, por unanimidad la Comisión Informativa General dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la primera modificación del reglamento para la adjudicación y gestión de las Huertas Ecológicas de Lezo. Se adjunta el reglamento.

SEGUNDO: Exponer al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web del ayuntamiento www.lezo.eus por un plazo de treinta días.

La aprobación de esta modificación, según el artículo 49 de la Ley 7/1985, requiere de la aprobación inicial por el Pleno, y de información pública por el plazo mínimo de treinta días y de la Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y de la aprobación definitiva por el Pleno.

De no presentarse ninguna alegación., dicho reglamento quedaría aprobado definitivamente.

TERCERO: Al ser un acto de trámite no cabe recurso contra este acuerdo.

Se aprueba el dictamen por unanimidad con 11 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV, 4 del grupo municipal EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

15.Dictamen para aprobar la revisión de oficio del acuerdo de aprobación del Convenio de cesión del camino sito en las inmediaciones del Caserío Olamarta (2011H0360002).

Dice así el dictamen aprobado por la Comisión Informativa General:

Con fecha 2015/11/19 se celebró Comisión Informativa General.

La Junta de Gobierno Local, con fecha 26 de enero de 2015, adoptó las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Iniciar a instancia de Jon Koldo Arrillaga Vicente el procedimiento de revisión regulado en el artículo 102 de La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC) del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de marzo de 2014 por el que se aprueba el convenio para la cesión de terrenos para mejorar el camino público en las inmediaciones del caserío Urdalamarta.

SEGUNDO: Suspender cautelarmente el citado acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de marzo de 2014 en tanto se resuelva este procedimiento de revisión.

TERCERO: Notificar a los interesados este acuerdo concediéndoles un plazo de diez (10) días, contados a partir del siguiente al de la recepción de la notificación de este acuerdo, para que durante el mismo manifiesten lo que estime oportuno en defensa de sus derechos e intereses.

CUARTO: Ultimada la instrucción del expediente y elaborada la correspondiente propuesta de resolución, se remitirán las actuaciones a la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2004, de 24 de noviembre, para la emisión del preceptivo dictamen.”

La Alcaldía, mediante Decreto D15/00258 de 9 de marzo de 2015, adoptó la siguiente resolución:

PRIMERO: En virtud de lo establecido en el artículo 102 de La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), solicitar a la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi la elaboración del preceptivo dictamen.

Con fecha 21 de mayo de 2015, la Comisión Jurídica Asesora remitió el dictamen correspondiente al Ayuntamiento de Lezo (registro de entrada 1273) en el cual se concluye que es necesario revisar de oficio el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 31 de marzo de 2014 por el que se aprueba el convenio para la cesión de terrenos para mejorar el camino público en las inmediaciones del caserío Urdalamarta.

Por lo tanto, se remitió a los interesados una copia del dictamen, concediéndoles un plazo de diez días hábiles desde la recepción de la notificación, para formular las alegaciones o reclamaciones oportunas.

Durante el plazo mencionado no se presentó alegación o reclamación alguna.

En virtud de lo regulado en el artículo 102 de La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC) y lo dispuesto en el artículo 22.1.k) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a pleno del Ayuntamiento aprobar la revisión del acuerdo anteriormente mencionado.

Examinado el expediente y visto el informe técnico redactado al efecto y a propuesta de la Concejal Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, por unanimidad la Comisión Informativa General dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Revisar de oficio y declarar la nulidad del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de marzo de 2014 por el que se aprueba el convenio para la cesión de terrenos para mejorar el camino público en las inmediaciones del caserío Urdalamarta.

SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a los interesados. “

Se aprueba el dictamen con 10 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV, 4 del grupo municipal EHBILDU) y con una abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

16.Dictamen para aprobar el Protocolo de los Ayuntamientos de Oarsoaldea ante muertes por violencia machista o sexista (2015GZ360001).

Dice así el dictamen aprobado por la comisión informativa general:

En los últimos tiempos ha aumentado el número de mujeres asesinadas por violencia machista o sexista y, ante esa situación, se ha valorado que debe darse una respuesta institucional desde los Ayuntamientos de Oarsoaldea.

Debido a esto, se ha creado el “Protocolo de los Ayuntamientos de Oarsoaldea ante muertes por violencia machista o sexista” para mostrar públicamente y de manera unánime nuestro rechazo a la violencia sexista contra las mujeres. y que debemos seguir trabajando desde las instituciones, para que las mujeres podamos vivir libres de violencia machista.

Por todo ello, la Comisión Informativa General en sesión celebrada el 19/11/2015, dictaminó por unanimidad para su aprobación en Pleno, el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el "Protocolo de los Ayuntamientos de Oarsoaldea ante muertes por violencia machista o sexista".

Se aprueba el dictamen por unanimidad con 11 votos a favor (6 del grupo municipal EAJ-PNV 4 del grupo municipal EHBILDU y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

17.Declaración institucional con motivo del “Dia Internacional para la eliminación de la violencia contra las mujeres” (2015AL050015).

Dice así la declaración institucional:

Con motivo del 25 de Noviembre, fecha declarada por la Asamblea General de Naciones Unidas como "Día Internacional para la eliminación de la violencia contra fas mujeres, manifestamos nuestro firme rechazo hacia cualquier expresión de violencia contra fas mujeres en todas sus dimensiones (física, psicológica, sexual, simbólica...), así como a las distintas formas de sexismo, incluidas fa más sutiles y normalizadas, como la asignación de roles estereotipados por sexos o la invisibilización de las mujeres en los distintos ámbitos de la vida, entre otras. Reafirmamos, asimismo, que nos encontramos ante un problema estructural que teniendo como base la desigualdad entre mujeres y hombres requiere un abordaje a través de las políticas de igualdad, tal y como recomiendan numerosas personas expertas y organismos internaciones.

La violencia contra las mujeres se asienta en la misma estructura de la sociedad, que aún ofrece diferentes oportunidades a mujeres y a hombres y que a

Eguna