10 de Octubre de 2005

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 9:10 horas del día 10 de octubre de 2005, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los corporativos Iñake Urrestarazu Azurmendi, Jesús Mª Martiarena Jaca y Aroia Goienetxea Egibar.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 10 de octubre de 2005.

Jesus Mari Martiarena da cuenta de la existencia de un error en la primera resolución del puntu 4 (en la página 522776 de euskara y en la página 522779 del texto en español), porque no se adjudican, como dice el texto, las obras de urbanización de la Calle Mayor sino las del Bidegorri. Tras esta corrección, se aprueba el acta.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

2.-Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 26 de septiembre.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

3.- Propuesta para la aprobación definitiva del proyecto de urbanización del polígono 107.

El Ayuntamiento de Lezo, en fecha 19 de julio de 2005, mediante Decreto de Alcaldía número 337, aprobó inicialmente el Proyecto de Urbanización del Polígono 107, presentado por la junta de compensación de dicho polígono.

El anuncio de dicho acuerdo se publicó en el número 144 del Boletín Oficial de Gipuzkoa, de 1 de agosto de 2005. Habiendo permanecido expuesto al público durante 15 días, en dicho plazo no se han presentado alegaciones ni reclamaciones.

Habida cuenta de lo dispuesto por el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976, por el artículo 141 del Reglamento General de Planeamiento Urbanístico y por el artículo 7 de la Ley 17/94.

En vista de ello, a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del polígono 107.

SEGUNDO: Publicar el anuncio de esta resolución en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en la prensa escrita.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para la aprobación de licencia de obras a Pilar Rodríguez Martínez, en representación de los copropietarios de la casa nº 49 de Jaizkibel hiribidea, para renovación de la cubierta del inmueble (2005H0030007).

Pilar Rodríguez Martínez, en representación de los Copropietarios de la casa nº 49 de Jaizkibel hiribidea, solicita licencia de obras para renovación de la cubierta del inmueble citado.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Pilar Rodríguez Martínez, en representación de los Copropietarios de la casa nº 49 de Jaizkibel Hiribidea, para renovación de la cubierta del inmueble citado, con arreglo a las siguientes condiciones:

Las obras deberán estar correctamente señalizadas y tendrán que cumplir las medidas de seguridad establecidas en el Estudio de Seguridad para evitar accidentes a los trabajadores, peatones y a los vehículos en general.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 1.367,35 ?s: 950,35 por el impuesto sobre construcciones y por la tasa de obra 417 ?s.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para la concesión de ayudas económicas por la instalación de ascensores.

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de junio de 2003, aprobó la concesión de ayudas económicas por la instalación de ascensores, en la misma cuantía que los interesados recibieran del Gobierno Vasco.

Este Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, mediante Decreto nº 243/2004, le concedía a Javier Axpe Elejalde, licencia de obras para la reforma de la cubierta del inmueble, con el objeto de organizar el nuevo cuarto de máquinas del ascensor ya existente.

En el transcurso de julio y agosto del presente ejercicio, varios vecinos han presentado la correspondiente solicitud de subvención, acompañando la certificación de la ayuda otorgada por el Gobierno Vasco.

Mª Carmen Egibar 3. B ??? 410 ?

Mª Luisa Arbelaiz 3. D??? 205 ?

Mª Jesús Amiano 1. C??? 410 ?

José Lekuona 1. D??? 308 ?

José Mª Garmendia 4. A ??.. 513 ?

José Zurututza 4. B??? 205 ?

Copropietarios 2.052 ?

Total???????. 4.103 ?

Visto el informe técnico, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, y una vez oída la advertencia del secretario, donde se expone que estas subvenciones no cumplen los trámites que exige la ley 38/2003 reguladora de las subvenciones, ya que no hay ni reglamento ni convocatoria pública, la Junta de Gobierno Local adopta las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Subvencionar a cada uno de los mencionados las ayudas económicas que se indican.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta de informe favorable sobre la posibilidad de instalar un ascensor por la parte exterior del edificio sito en Urdaburu kalea, nº 6.

El 10 de agosto de 2004, Angeles Ochandorena Almandoz, solicitó información sobre la posibilidad de instalar un ascensor por la parte exterior de la casa nº 6 de Urdaburu Kalea.

El informe del arquitecto asesor dice así:

?Ha sido presentado en este Ayuntamiento una solicitud para que sea estudiada su viabilidad, así como en su caso, informar sobre la documentación necesaria a aportar para llevar a cabo su ejecución en caso de que se entienda favorable la ejecución de la obra.

La propuesta consiste en construir el ascensor adosado a la fachada del edificio eliminando los tendederos-trasteros actualmente existentes para desembarcar directamente en la vivienda, ocupando para ello una porción de acera equivalente a la del propio ascensor y a la de la zona de embarque. Asimismo se eliminan dos plazas de aparcamiento.

Si bien por una parte habría de valorarse que el ascensor propuesto resuelve sólo el acceso a cinco viviendas -con lo que en un futuro se pueden dar propuestas similares sin una visión de conjunto de la ubicación y afecciones que podrían generar en el conjunto de la edificación- así como la pérdida de dos plazas de aparcamiento, desde un punto de vista técnico cabe señalar que los espacios públicos peatonales que se proponen restituir con la desaparición de las dos plazas de aparcamiento, han de tener, según la Ley de promoción de la accesibilidad y normativa técnica de desarrollo de la misma, como mínimo dos metros libres de ancho, aspecto éste que no queda garantizado en la propuesta realizada.

Por lo tanto en función de la valoración que se haga de la necesidad de implantar un ascensor en los términos propuestos, se deberían de resolver en el Proyecto ?a redactar por técnico competente- tanto la cuestión señalada más arriba como las condiciones de acabado del ascensor, composición general de la fachada, etc.

Asimismo, en lo que a la ocupación de suelo de dominio público se refiere se estará a lo que determinen los servicios jurídicos del Ayuntamiento?.

El informe jurídico dice lo siguiente:

?El Ayuntamiento de Lezo solicita informe sobre las posibilidades legales de instalar un ascensor por la parte exterior en el edificio del número 6 de la calle Urdaburu.

En vista de que la realización de dicha obra exige utilización de dominio público, según establece el artículo 178 de Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976, si un particular va a realizar obras en un inmueble público, además de los permisos necesarios para la utilización del propio inmueble, también deberá solicitar permiso para realizar dichas obras.

La calle Urdaburu es propiedad municipal de uso público. El uso de este tipo de propiedad se regula en el artículo 74 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. El uso que pretende el solicitante es ordinario y especial, en consecuencia precisa de permiso municipal para poder llevar a cabo dicho uso.

Por otra parte, el informe del arquitecto municipal expone claramente cuáles son las condiciones técnicas a imponer al ascensor que quiere construir.

El Ayuntamiento deberá resolver si posibilitará o no el que se lleve a cabo dicha utilización ordinaria y especial de la citada propiedad pública, ya que es una resolución que admite ambas opciones.?

A propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Que se informe favorablemente la construcción de un ascensor por la fachada de la casa nº 6 de Urdaburu Kalea.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a Esteban Picabea Retegi, en representación de copropietarios de Kale Nagusia, nº 27, para arreglo de fachada y aleros del inmueble (2005H0030008).

Esteban Picabea Retegi en representación de la Comunidad de Vecinos de Kale Nagusia 27, solicita licencia de obras para arreglo de fachada y aleros de la casa citada.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Esteban Picabea Retegi en representación de la Comunidad de Vecinos de Kale Nagusia 27, para arreglo de fachada y aleros de la casa citada, debiendo tomar las medidas precautorias necesarias para la seguridad de viandantes y tráfico rodado.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 1.276,81 ?.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

CULTURA Y EUSKARA

8.- Ratificación del decreto de alcaldía nº 426 sobre la aprobación del procedimiento negociado para la contratación del suministro de material en la sala multimedia.

Los miembros de la Junta de Gobierno han ratificado el decreto nº 426.

SERVICIOS SOCIALES

9.- Propuesta para la aprobación de las solicitudes para la exención del pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.

Vistas las solicitudes de exención del impuesto de circulación y aplicados los criterios aprobados por este ayuntamiento, así mismo, a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Aprobar las solicitudes de María Isabel Mauriz Sampedro, José Antonio Legorburu Arrastua y José Miguel Dorronsoro Leunda M.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

10.- Propuesta para la aprobación solicitudes de ayuda de emergencia social.

Sobre las solicitudes de ayuda de emergencia social, visto el informe emitido por la trabajadora social y al amparo de la ley 12/1998 del 22 de mayo, y el decreto 199/1999 del 20 de abril por el que se regulan las ayudas de emergencia social, y a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Conceder la ayuda de emergencia social para el 2005 a los siguientes expedientes:

Nº de expte.

Concepto

Importe

953

1,2

604,04 ?

936

5

225 ?

821

2

600 ?

TOTAL

1.429,04 ?

SEGUNDO: Advertida de que las subvenciones que concede el Gobierno Vasco se hallan agotadas desde febrero, la delegada de Servicios Sociales propone pagar a través del programa de ayudas promovido por el propio ayuntamiento. (A-104/2004, A-979/2004).

TERCERO: Las personas beneficiarias de dichas ayudas cumplirán las siguientes obligaciones:

· La ayuda concedida sólo podrá ser destinada a la consecución del objetivo solicitado.

· Las subvenciones deberán ser justificadas mediante la presentación de los correspondientes recibos o facturas.

· Comunicar los hechos sobrevenidos en relación al cumplimiento de los requisitos que pudieran dar lugar al acceso a las prestaciones

· Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual del beneficiario.

· Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida.

· Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sea requerido.

CUARTO: Asimismo, el Ayuntamiento comprobará con los medios oportunos si se mantienen los requisitos para la concesión de las ayudas.

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 522.xxx al 522.xxx que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna