26 de Abril de 2004

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En Lezo, siendo las 9:10 horas del día 26 de abril de 2004, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESION ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Kepa Garbizu Azkue y con la asistencia de los corporativos Iñake Urrestarazu Azurmendi, Jesús Mª Martiarena Jaca, Aroia Goienetxea Egibar y Aitor Ocerín Ibáñez.

El concejal Aitor Mimendia Artuzamonoa también ha asistido a la sesión.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 29 de marzo de 2004

Se aprueba por unanimidad el acta de la sesión celebrada el día 29 de marzo de 2004.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

2.- Dación de cuenta de resoluciones de alcaldía.

El alcalde da cuenta de los decretos dictados desde la última Junta de Gobierno Local.

3.- Propuesta para la aprobación del pliego de condiciones para la contratación de la asesoría jurídica.

El alcalde del Ayuntamiento de Lezo, a tenor de las necesidades de la corporación, consideró necesaria la contratación de asesoría jurídica. Debido a una serie de circunstancias, sin previa aprobación del pliego por el órgano correspondiente, se dio inicio al procedimiento de contratación. Por ello, Alcaldía propone la aprobación por parte del órgano al que corresponde.

El secretario, a solicitud del alcalde, da lectura a su informe, entregado anteriormente a alcaldía, sobre dicho pliego. En dicho informe solicita corregir ciertos errores o carencias del pliego. El alcalde explica que el contrato es para aligerar la lentitud propia de la administración, aliviando la carga de trabajo diaria por medio de ayuda exterior; sobre la fórmula para la concreción de la remuneración del contrato, manifiesta que no es aplicable el artículo 195.1.c) del R.G.L.C.A.P., citado por el secretario en su informe; sobre la exigencia de póliza de responsabilidad civil, dice que se recoge en la base 3.2.1.d); y finalmente explica que el profesional contratado deberá entregar al alcalde los informes escritos resultantes de su trabajo.

Por todo ello, y a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local adopta las siguientes RESOLUCIONES:

PRIMERO: Aprobar el pliego de condiciones para la contratación de asesoría jurídica. (AD-149).

SEGUNDO: Conceder de nuevo un plazo de siete días, a las empresas invitadas a la licitación en el procedimiento iniciado anteriormente, (Estudio Jurídico Easo, S.L.; Manuel Blasco García; Ibarrondo y Lamikiz Abogados) siete días contados desde la comunicación de esta resolución a los mismos, para que ratifiquen la propuesta antes presentada.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

4.- Propuesta para la aprobación del pliego de condiciones para la contratación de la consultoría y asistencia técnica del servicio de arquitecto asesor municipal.

A propuesta de Alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar el gasto que supone la contratación por prestación de servicios de un arquitecto asesor municipal, (A-298).

SEGUNDO: Declarar la tramitación ordinaria del expediente de contratación.

TERCERO: Adjudicar el contrato por el procedimiento negociado sin publicidad.

CUARTO: Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir el contrato.

BOST: Solicitar ofertas a las siguientes empresas: Javier Telleria Elorz, Arturo Rivas Martín y Roberto Garcia Azpiri, arquitectos.

SEXTO: Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato.

SÉPTIMO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para la adjudicación de la contratación de la consultoría y asistencia técnica para la redacción del Proyecto Básico de Reforma de la Urbanización de Kale Nagusia y redacción del Proyecto de Ejecución.

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004, aprobó el gasto que supone la redacción del proyecto básico de reforma de la urbanización de Kale Nagusia y la redacción del proyecto de ejecución.

Asimismo, acordó declarar la tramitación ordinaria del expediente de contratación para su adjudicación por el procedimiento negociado sin publicidad.

Solicitadas tres ofertas y examinadas las mismas y visto el informe emitido por el técnico municipal que se decanta por una de ellas y a propuesta de Alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Adjudicar a las arquitectas María Teresa Carmona Barrio y Ana Pérez Del Gallego el trabajo, al ser la oferta más ventajosa económicamente, por conocimiento de la actuación y disponibilidad del equipo.

SEGUNDO: El precio del servicio contratado es de 29.928,00 € (A-219) y el plazo de ejecución es de 2 meses.

TERCERO: Trasladar este acuerdo a adjudicatarias y demás licitantes, agradeciendo a éstos la atención que han tenido con este Ayuntamiento.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a)El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b)De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta para la aprobación del inicio del expediente sobre proyecto de reparcelación del Sector S-1.

Por medio del Decreto de Alcaldía 114, de 15 de marzo de 2004, el Ayuntamiento de Lezo aprobó inicialmente el Plan Parcial del Sector S-1.

El anuncio de dicha aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de fecha 26 de marzo de 2004.

El Plan Parcial del sector S-1 dispone que para la distribución de las obligaciones y de los aprovechamientos urbanísticos de este sector se utilizará el sistema de cooperación, por lo que resulta necesaria la incoación del expediente de reparcelación.

Para la aprobación de la reparcelación es de por sí imprescindible que el plan parcial esté aprobado y en vigor, pero a tenor del artículo 81 de Normativa General de Gestión Urbanística, es optativo tramitar ambos documentos al mismo tiempo y condicionar la aprobación definitiva de la reparcelación a la aprobación definitiva del plan parcial.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 101 y siguientes de la Normativa General del Gestión Urbanística, y a propuesta del Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios,

la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Iniciar el expediente de reparcelación del Sector S-1.

SEGUNDO: Solicitar al Registro de la Propiedad certificado de titularidad y cargas de todas las parcelas del Sector S-1.

TERCERO: Notificar a los propietarios y titulares de derechos incluidos dentro del ámbito de la reparcelación, que se hallan obligados a exhibir los títulos que detentan y a comunicar toda circunstancia jurídica conocida que tenga alguna incidencia en las parcelas. En consecuencia, dentro del plazo de 20 días desde la recepción de la notificación de este acuerdo, deberán presentar en la oficina de información del Ayuntamiento de Lezo copia de dichos títulos. Los errores, carencias o falsedades de las informaciones no influirán en el resultado objetivo de la reparcelación.

En caso de existir diferencias entre los títulos y la realidad física de las parcelas, en el expediente de reparcelación prevalecerá esta última.

CUARTO: La incoación del expediente de reparcelación conlleva la suspensión de parcelación y licencias de construcción en el Sector S-1, hasta que la aprobación definitiva de la reparcelación sea firme en vía administrativa.

QUINTO: En el plazo de tres meses desde la recepción de la notificación de este acuerdo, dos tercios de los propietarios interesados que, al mismo tiempo, representen el 80% de la propiedad de la superficie a reparcelar, podrán formular proyecto de reparcelación.

Una vez transcurrido dicho plazo de tres meses y los propietarios no hubieren formulado proyecto de reparcelación o en caso de que, antes de la finalización del plazo, comunicaran su intención de no ejercer el derecho que les asiste, el Ayuntamiento dispondrá la redacción del proyecto de reparcelación. Por tanto, si más de un tercio de los propietarios y que, así mismo, representen más del 20% de la propiedad de la superficie a reparcelar, comunicara por escrito al Ayuntamiento de Lezo la intención de no ejercer el derecho antes citado, el Ayuntamiento contratará la redacción del proyecto de reparcelación.

SEXTO: Se notificará este acuerdo a los propietarios y demás titulares de derechos sobre las parcelas del Sector S-1.

SÉPTIMO: El anuncio de este acuerdo se deberá publicar en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en la prensa escrita.

OCTAVO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta de licencia de obras a Iñaki Irazusta para habilitar y transformar un bajo comercial en vivienda en Zubitxo kalea, nº 25, entresuelo, derecha.

Iñaki Irazusta solicita licencia de obra y de uso para construir una vivienda en el actual local de entreplanta de la calle Zubitxo. También presenta proyecto, redactado por Tito Perkaz y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro en fecha 30 de junio de 2003.

Previa tramitación por parte del Ayuntamiento de Lezo, el Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Gipuzkoa, el 22 de diciembre de 2003, aprobó definitivamente el documento de ”Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento relativa a los ámbitos Casco Antiguo, Casco Urbano y Exterior del Casco Urbano y Polígonos 3 y 5 y al Sector 2”.

Después de esta modificación de Normas, es posible la habilitación de viviendas en las plantas bajas de la calle Zubitxo, ya que dicho uso está aprobado tras la citada aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias.

Por otra parte, tras la aprobación definitiva por el Ayuntamiento de Lezo, el 10 de octubre de 2003 se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa la ordenanza reguladora del proceso de conversión de plantas bajas en vivienda. Según dicha ordenanza, los locales a convertir en vivienda deben cumplir, entre otras, las mismas condiciones de diseño que deben cumplir las Viviendas de Protección Oficial. Estas condiciones de diseño vienen recogidas en la orden publicada el día 31 de diciembre de 2002, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El arquitecto municipal manifiesta, en su informe, que el proyecto presentado cumple los requisitos de diseño y habitabilidad, exigidos por la Ordenanza de Diseño de las Viviendas de Protección Oficial, y las exigidas por el Decreto 68/2000 sobre las condiciones de accesibilidad.

A propuesta del Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder a Iñaki Irazusta licencia para habilitar una vivienda en el local de entreplanta en el número 25 derecha de la calle Zubitxo, con arreglo a las condiciones expuestas en los considerandos previos.

Deberá tener en cuenta que la altura libre mínima será de 2,50 m. salvo en baño, pasillo y vestíbulo, pudiendo ser de 2,20 m. en un 30% del resto de la vivienda.

Deberá habilitar una segunda conducción individual hasta la cubierta, no siendo necesario en el caso de no existir calentador de combustión de gas o estar el mismo instalado en el exterior de la vivienda.

SEGUNDO: Conceder a Iñaki Irazusta licencia provisional para cambio de uso del sector terciario a uso de vivienda en el actual local de entreplanta en el número 25 derecha de la calle Zubitxo.

TERCERO: Previo a la obtención de la licencia, deberá formalizar convenio urbanístico con el Ayuntamiento de Lezo, concretando en el mismo, entre otros, el montante de las cargas urbanísticas que, en este caso, resulta 66,31 m² por 12.5 Euros/m², total 828,87 euros.

CUARTO: El contenido de dicho convenio formará parte de la licencia, por lo que deberán recogerse en la inscripción del Registro de la Propiedad, y otros documentos, las condiciones acordadas en dicho convenio.

QUINTO: Una vez terminadas las obras y obtenida la licencia de primera ocupación, el Ayuntamiento de Lezo concederá el certificado definitivo de cambio de uso que se menciona en la segunda parte.

SEXTO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 492,84 euros. (el impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 451,14 euros y la tasa por obra mayor a la cantidad de 41,70 euros).

SÉPTIMO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

8.- Propuesta para nombramiento de funcionario de carrera de Xabier Fernández de Gorostiza Garmendia para ocupar la plaza de Oficial de Brigada.

Xabier Fernández de Gorostiza Garmendia tomo posesión de la plaza de Oficial de Brigada como funcionario en prácticas el día 1 de mayo de 2003. En esa misma fecha, conforme a las bases, se estableció un período de 12 meses para la superación del período de prácticas.

La Comisión Evaluadora para la valoración de dicho período, formada por Jesús Mª Martiarena Jaka, Imanol Ugalde Etxabe y Joseba Eizagirre Manzisidor, se reunió el día 7 de abril de 2004 a fin de emitir el informe final sobre la superación o no del período de prueba impuesto, conforme a lo previsto en las bases del concurso oposición para la provisión de una plaza de Oficial de Brigada de este Ayuntamiento.

Dicha Comisión ha analizado la documentación aportada por Xabier Fernandez de Gorostiza Garmendia, correspondiente a los cuatro trabajos que a tal efecto se le han requerido y ha otorgado una puntuación total de 30,50 puntos sobre un máximo de 40 puntos.

En su vista, a propuesta de la Comisión Evaluadora, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Informar favorablemente y dar por superado el período de prácticas establecido para el funcionario Xabier Fernández de Gorostiza Garmendia para ocupar la plaza de Oficial de Brigada.

SEGUNDO: Proponer el nombramiento de funcionario de carrera de Xabier Fernandez de Gorostiza Garmendia para ocupar la plaza de Oficial de Brigada.

TERCERO: Dar traslado de este acuerdo a los interesados/as.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

9.- Propuesta para nombramiento de funcionario de carrera de José Mª Irazola Aranzadi para ocupar la plaza de Técnico Medio Normalizador Lingüístico.

José María Iraola Aranzadi fue nombrado funcionario en practicas para cubrir la plaza de Normalizador Lingüístico en fecha 5 de mayo de 2003. En el nombramiento, a tenor de lo regulado por las bases del puesto de trabajo, se estableció un periodo de prueba de 12 meses.

La Comisión de Evaluación constituida para valorar el periodo de practicas está formada por Kepa Garbizu Azkue (alcalde), Xanti Val Zabaleta (Dinamizador de Euskara Cultura) e Imanol Ugalde Etxabe (Representante sindical).

La Comisión de Evaluación, en sesión celebrada el día 20 de abril, analizó y dio por buenos el informe presentado por el Dinamizador de Euskera Cultura sobre el periodo de practicas y los trabajos realizados por José Mari Iraola Aranzadi.

En vista de ello, a propuesta de la Comisión de Evaluación la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar y dar por superado el periodo de prueba establecido para cubrir la plaza de Normalizador Lingüístico por José Mari Iraola Aranzadi.

SEGUNDO: Nombrar a José María Iraola Aranzadi funcionario de carrera para cubrir la plaza de Normalizador Lingüístico.

TERCERO: Notificar este acuerdo a los interesados.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

SERVICIOS SOCIALES

10.- Propuesta para la aprobación de las solicitudes de bonificación de las tasas de agua-alcantarillado y basuras.

Vistas las solicitudes de bonificación de tasas municipales de agua, basura y/o alcantarillado, aplicados los criterios aprobados por este ayuntamiento, y a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar las solicitudes del anexo I, salvo el número 17.

SEGUNDO: Denegar las solicitudes del anexo II por el motivo señalado junto a la decisión. Tampoco se aprueba el número 17, porque no se han aportado los datos y los ingresos de todos los empadronados en el mismo domicilio.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

11.- Propuesta para la aprobación de los precios nuevos del bar de Aiton Borda.

Vista la solicitud de subida de precios para jubilados del servicio de bar del Hogar del Jubilado Aiton Borda y la propuesta de subida de precios conjunta realizada por la Junta Directiva de Aiton Borda y la persona responsable del servicio de bar, y a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la subida de precios para jubilados según consta en el expediente.

SEGUNDO: Aplicar desde el próximo 1 de mayo.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

12.- Propuesta para la aprobación de ayudas de emergencia social.

Sobre las solicitudes de ayuda de emergencia social, visto el informe emitido por la trabajadora social y al amparo de la ley 12/1998 del 22 de mayo, y el decreto 199/1999 del 20 de abril por el que se regulan las ayudas de emergencia social, y a propuesta de la concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder la ayuda de emergencia social para el 2004 a los siguientes expedientes:

Nº Expte.

Concepto

Importe

exp.848

1

2.704,5 €

2

450 €

exp.002

1

1.750 €

2

450 €

TOTAL

……………5.354,50 €

SEGUNDO: No aprobar la ayuda de emergencia social para el 2004 al expediente 311. Motivo: superan el baremo de patrimonio máximo establecido.

TERCERO: Advertida de que las subvenciones que concede el Gobierno Vasco se hallan agotadas desde febrero, la delegada de Bienestar Social propone pagar a través del programa de ayudas promovido por el propio ayuntamiento. (AD-295).

CUARTO: Las personas beneficiarias de dichas ayudas cumplirán las siguientes obligaciones:

§ La ayuda concedida sólo podrá ser destinada a la consecución del objetivo solicitado.

§ Las subvenciones deberán ser justificadas mediante la presentación de los correspondientes recibos o facturas.

§ Comunicar los hechos sobrevenidos en relación al cumplimiento de los requisitos que pudieran dar lugar al acceso a las prestaciones

§ Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual del beneficiario.

§ Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida.

§ Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sea requerido.

QUINTO: Asimismo, el Ayuntamiento comprobará con los medios oportunos si se mantienen los requisitos para la concesión de las ayudas.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

· Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

· Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

· De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No se han planteado.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 310.--- al 310.---, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna