11 de Abril de 2003

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En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 19:35 horas del día 11 de abril de 2003, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Aitor Sarasola Salaberria (Batasuna) y con la asistencia de los siguientes corporativos: Mikel Mitxelena Iza (Batasuna), Imanol Esnaola Arbiza (Batasuna), Juli Del Sol Bermejo (Batasuna), Iñaki Labaka Loperena (Batasuna), Inmaculada Muñoz Martínez (Batasuna) e Iñaki Zabaleta Zabala (Batasuna), Pello Garbizu Azkue (PNV), Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin (PSE), Ainhoa Villanúa Ayuela (PSE), Iñake Urrestarazu Azurmendi (EA) y Gurutze Sein Cordero (EA).

No asisten al pleno: Iñake Urrestarazu Azurmendi (EA), Gurutze Sein Cordero (EA), Jesús Mª Martiarena Jaka (PNV) y Ainhoa Villanúa Ayuela (PSE), estos dos últimos justifican de antemano su ausencia.

Asiste y da fe del acto el secretario municipal, Xabier Loiola Aristi.

1.- Propuesta de aprobación de tasas y bonificaciones de la Escuela de Música para el curso 2003-2004.

No habiéndose dictaminado el asunto por la Comisión de Cuentas y Hacienda, por no haberse celebrado sesión prevista para el día 10 de abril de 2003, por falta de quórum, esta alcaldía, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

PROPUESTA DE RESOLUCION

PRIMERO.- Modificar las tasas y bonificaciones de la escuela de música "Tomas Garbizu" para el curso 2003/2004.

SEGUNDO.- Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

TERCERO.- Tabla correspondiente a la bonificación por ingresos económicos:

El alcalde manifiesta que el incremento propuesto es del 4% y no el 10% de estos últimos años. Aquellos incrementos tenían el desafío a favor de la distribución de los gastos escolares en tres tercios (ayuntamiento, Gobierno Vasco y usuarios) y las decisiones adoptadas están dando sus frutos. En todo caso, se queja por la falta de compromiso fijo por parte del Gobierno Vasco, ya que decide cada año su aportación.

Mikel Mitxelena manifiesta que la propuesta ha sido aprobada por la Comisión de Orientación de la Escuela.

Al estar la propuesta sin dictaminar, se vota primeramente su urgencia. Se pronuncian ocho concejales a favor de la urgencia (Alcalde, los de Batasuna y EAJ/PNV) y uno en contra (PSE).

Aprobada la urgencia, se vota la propuesta. Han sido siete votos a favor, emitidos por el alcalde y demás concejales de Batasuna, y dos abstenciones de los concejales del PNV y del PSE.

Por tanto, con el voto a favor de la mayoría necesaria, se da aprobación inicial a la propuesta.

2.- Propuesta de cesión de uso del local 1-3 de Guillermo de Lazon a "Correos y Telégrafos".

La propuesta presentada por el Alcalde, dice así:

Teniendo en cuenta la necesidad de ubicar una oficina de Correos en el término municipal de Lezo.

Visto que la entidad pública empresarial CORREOS Y TELEGRAFOS no tiene previsto, dentro de sus planes de inversión, la ubicación de una oficina de dicha entidad en este término municipal.

Atendido que cabe la posibilidad de suscribir un convenio con dicha Entidad para la ubicación de una Oficina de Correos, siempre que el Ayuntamiento ceda un local tipo a dicha entidad pública empresarial por un período mínimo de quince años.

Por ello, solicito a la Comisión de Hacienda para que realice al Pleno municipal la siguiente propuesta de acuerdo.

PROPUESTA DE RESOLUCION

PRIMERO.- Ceder gratuitamente al Ente Público Empresarial Correos y Telégrafos el uso del local, situado en el nº 1 y 3 de la calle Guillermo de Lazón para instalar una oficina postal en el término municipal.

SEGUNDO.- El tiempo de cesión será por un período de 15 años, renovables por acuerdo de la Corporación y según el trámite legal pertinente, empezando su vigencia a partir de la fecha de ocupación efectiva del mismo por parte del Ente Público Empresarial Correos y Telégrafos.

TERCERO.- Los gastos de adecuación que genere la ocupación del mencionado local, como son: agua, luz, limpieza, mantenimiento, etc. correrán a cargo del Ente Público Empresarial Correos y Telégrafos a partir de la fecha del acta de ocupación, que tendrá que acordarse entre las dos entidades.

CUARTO.- La presente cesión no generará plusvalías ni el devengo de impuestos adicionales para el Ente Público Empresarial Correos y Telégrafos, por la falta de ánimo de lucro y en atención al cumplimiento del fin social y al interés público.

QUINTO.- En el caso de que el bien cedido no se destine al uso previsto en el plazo fijado, o dejen de ser destinados, revertirá automáticamente de pleno derecho al Ayuntamiento de Lezo.

SEXTO.- Facultar al Sr. Alcalde, Aitor Sarasola Salaberria, para la firma de los documentos precisos para llevar a buen fin este acuerdo".

Antes de conceder la palabra a los miembros del pleno, realiza unas correcciones a la propuesta. A fin de que quede más clara la resolución tercera de la propuesta, debe decir lo siguiente: "Los gastos de adecuación y el agua, luz, trabajos de limpieza ?". En la cuarta propuesta de resolución, en torno a los impuestos, al alcalde propone añadir lo siguiente: ? ni generar impuestos suplementarios (ni tasas sobre licencias de obra, ni apertura ni actividad).

Imanol Esnaola hace la valoración política de la propuesta. Que se ha hecho porque aporta servicios al pueblo, aunque no se puede olvidar que Correos es un monopolio del Estado español y en su lugar se debe reivindicar un servicio público postal vasco y a ver si con la soberanía se logra esa opción.

Al estar la propuesta sin dictaminar, se vota primeramente su urgencia de tratar el tema. La urgencia se aprueba por unanimidad.

La propuesta, con las correcciones hechas por el alcalde, se aprueba por unanimidad.

3.- Dictamen para la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora del cambio de uso de las plantas bajas.

El alcalde presenta a aprobación el dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 31-03-2003. El dictamen dice así:

"El Ayuntamiento de Lezo, en sesión plenaria celebrada el día 17 de enero de 2003, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora del cambio de uso de las Plantas Bajas.

El anuncio de dicho acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, nº 33, de fecha 19 de febrero de 2003. Durante el plazo que ha permanecido expuesto a información pública, no se ha presentado ninguna alegación. Se ha presentado, sin embargo, un escrito de alegación fuera de plazo, concretamente el presentado por Xabier Esnaola.

Por otra parte, el Ayuntamiento de Lezo ha refundido el texto que fue aprobado, a fin de que dicha ordenanza fuera acorde con lo dispuesto por las normas que han entrado en vigor recientemente. En todo caso, la estructura y bases iniciales de la ordenanza se mantienen, por lo que las modificaciones incorporadas no deforman en absoluto la ordenanza.

Teniendo en cuenta el informe emitido por el arquitecto Raimundo Mendiburu.

Tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Con el voto favorable de Aitor Sarasola Salaberria (Batasuna) y con las abstenciones de Iñake Urrestarazu Azurmendi (EA) y Pello Garbizu Azkue (EAJ/PNV), la Comisión de Urbanismo dictamina lo siguiente para su aprobación por el pleno:

PRIMERO: Desestimar la alegación presentada por Xabier Esnaola.

SEGUNDO: Aprobar definitivamente la ordenanza reguladora del cambio de uso de las Plantas Bajas.

TERCERO: Publicar el texto íntegro de esta ordenanza en el Boletín Oficial de Guipúzcoa".

El dictamen ha sido aprobado por unanimidad.

4.- Dictamen para la adjudicación y cesión de derecho de superficie de un terreno del Sector S.3.

El alcalde presenta a aprobación el dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 31-03-2003. El dictamen dice así:

"El Ayuntamiento de Lezo ha creado recientemente el sector S-3, a consecuencia de determinar como suelo urbanizable un terreno que estaba clasificado como suelo no urbanizable, una vez llevado a cabo el obligado proceso de modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento. Esta modificación ha sido definitivamente aprobada por la Diputación Foral de Gipuzkoa el día 28 de enero de 2003.

Se ha procedido, así mismo, a la tramitación de un Plan Parcial para el desarrollo de las especificaciones del sector S-3. También este documento ha sido definitivamente aprobado por la Diputación Foral de Gipuzkoa el día 1 de abril de 2003.

El objeto de esta modificación de clasificación es la construcción de casas de protección oficial y, concretamente, en la citada modificación de las Normas

Subsidiarias y en el Plan Parcial correspondiente al sector S-3 se prevé la construcción de 56 viviendas de protección oficial. Así mismo está prevista en dicho Plan Parcial la construcción de una Residencia de Día, 7 viviendas tuteladas y de las oficinas del departamento de Bienestar Social del Ayuntamiento de Lezo.

El terreno que comprende el sector S-3, siendo de propiedad municipal, debe considerarse como suelo de patrimonio público municipal, si tenemos en cuenta la finalidad a la que se destina a tenor de la Ley 20/1998 de Suelo de Patrimonio Público.

Dentro del sector S-3, los aprovechamientos residenciales y demás construcciones (garajes e infraestructuras ligadas a bienestar) aprobados por el plan, se ubican en la parcela "A" de 4.200 m2. Por tanto, en dicha parcela de deben construir las 56 viviendas protegidas, los garajes, el Centro de Día, las 7 vivienda tuteladas y las oficinas del departamento de Bienestar Social del Ayuntamiento de Lezo.

El Ayuntamiento de Lezo ha considerado más oportuno que transmitir la total propiedad de la parcela "A", de las viviendas y anejos que se ubiquen en ella, transmitir el derecho de superficie de las mismas, de forma que al cabo de 75 años el patrimonio público vuelva íntegramente a propiedad municipal.

Por otra parte, el Centro de Día, las 7 viviendas tuteladas y las dependencias del departamento de Bienestar Social serán propiedad del Ayuntamiento de Lezo a cambio de un precio prefijado. También se enajenará el derecho de superficie de los garajes que no van ligados a las 56 viviendas protegidas.

Todas las construcciones precitadas están recogidas y previstas en el proyecto de ejecución redactado por el arquitecto Raimundo Mendiburu Abad.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 6 y 9 de la Ley 20/1998 de Suelo de Patrimonio Público, en el artículo 112 y siguientes del Reglamento del Patrimonio de Entidades Locales, los artículos 73 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los artículos 171 y siguientes del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976 y los artículos 287 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Suelo de 1992.

Con el voto favorable de Aitor Sarasola Salaberria (Batasuna) y las abstenciones de Iñake Urrestarazu Azurmendi (EA) y Pello Garbizu Azkue (EAJ/PNV), la Comisión de Urbanismo dictamina lo siguiente para su aprobación por el pleno:

PRIMERO: Aprobar el proyecto de ejecución redactado por el arquitecto Raimundo Mendiburu Abad para el sector S-3.

SEGUNDO: Adjudicar y ceder el derecho de superficie de la Parcela "A". de propiedad municipal y ubicada dentro del sector S-3, por medio de concurso público.

TERCERO: Aprobar el pliego de condiciones que regula el derecho de superficie, la adjudicación y la cesión de la Parcela "A" del sector S-3.

CUARTO: Publicar en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el anuncio de esta contratación".

Secretaría aclara que la cantidad que se cita en la base 11 del pliego de condiciones es con el IVA incluido.

El alcalde expone los pormenores del proyecto. Manifiesta que son tres objetivos generales: construir viviendas de protección oficial, realizar las infraestructuras marcadas en el campo de Bienestar Social y en el plan gerontológico y la construcción de los garajes que precisa el barrio.

El alcalde dice que las viviendas serán para personas de Lezo, que pronto se aprobarán las condiciones que deberán cumplir los compradores y que el Ayuntamiento dará a la empresa constructora la relación de beneficiarios. Subraya que las viviendas se cederán para 75 años.

Pello Garbizu manifiesta que no va a repetir las objeciones de fondo ya anteriormente expuestas en torno a la propuesta. Pero, en todo caso, la fecha del dictamen está mal, ya que no se puede firmar el 31 de marzo un dictamen aprobado el día 1 de abril. También se queja de que el pliego esté redactado únicamente en castellano, en contra de lo que previene el artículo 7 de la ordenanza municipal del euskera.

El alcalde acepta la deficiencia del euskera. Explica que se debe a que las fuentes están en castellano y a que los ritmos de creación y traducción no van emparejados. Manifiesta que el departamento de Urbanismo está haciendo notables progresos en su esfuerzo por la normalización del uso del euskera y que, en este mismo sentido, espera que el nombramiento que se va a realizar para la plaza de responsable vaya a suponer una aportación más.

Mikel Antxon Arrizabalaga considera vergonzoso que se presente la documentación en la forma que se hace: la que se remite a los concejales, solo en euskera, el pliego exclusivamente en castellano y los carteles etc. en ambas lenguas. Se diría que se hace para dificultar la labor de los concejales.

Sobre el tema manifiesta que no es cosa banal la construcción de viviendas protegidas, pero que su grupo se abstendrá, sobre todo por que no les parece la ubicación adecuada. Por la misma razón se opusieron a las construidas en Altamira.

Mikel Antxon Arrizabalaga dice que es necesario conocer las condiciones que se van a exigir a los lezoarras para acceder a adquirir las viviendas.

En su opinión, en el expediente falta el estudio económico de la propuesta, que justificaría la viabilidad de la operación y de las cantidades expuestas. Considera que se plantean urbanizaciones de grandes costos y los honorarios del proyecto y de la dirección son muy altos. Critica al respecto que el contrato de redacción del proyecto y la dirección de obra se haya efectuado "a dedo", sin ninguna forma de concurso.

El alcalde manifiesta que el proyecto de urbanización es en torno a 90 millones de pesetas, que no es tan exagerado. Que durante los 15 días de exposición al público se verá si las empresas están interesadas o no. Que los beneficiarios últimos de la propuesta son el ayuntamiento y el pueblo. Que las condiciones para acceder a la adquisición de vivienda se traerán al pleno. Sobre la idoneidad de la ubicación, dice que hoy en día en Lezo no hay dónde construir.

Mikel Antxon Arrizabalaga dice que esta última excusa es por culpa del equipo de gobierno, ya que no ha clasificado otros suelos ni ha elaborado ni puesto sobre la mesa un plan de urbanismo.

Se ha prolongado el debate sobre este tema; en opinión del alcalde y de Imanol Esnaola, la corporación ha efectuado las modificaciones de normas y clasificación de suelo que eran precisos, y la oposición no ha presentado ni una sola propuesta de ubicación. En opinión de Mikel Antxon, el problema es la ausencia de planificación.

El alcalde manifiesta que la construcción de viviendas es resultado de la gestión. Durante el periodo 1997/2001 y a tenor de las estadísticas de la Comunidad Autónoma según habitantes, Lezo es el municipio que más viviendas de protección oficial ha construido: 30 viviendas por 1.000 habitantes. En el siguiente municipio se han construido 11 por cada 1.000 habitantes. En Lezo pocas viviendas, y más que en los demás municipios. Dice el alcalde que se puede criticar la gestión pero que las cifras están ahí. Dice que no se puede construir viviendas de protección oficial adquiriendo el terreno a 14.000/16.000 pts/m2. Dice que la falta de un Plan no ha impedido nada en Lezo, ya que se han efectuado las modificaciones que han sido necesarias. Sobre los honorarios, dice que los adoptados en el pliego son inferiores a las tarifas aprobadas por el colegio profesional.

Mikel Antxon Arrizabalaga le recuerda que las tarifas se pueden negociar libremente con dichos profesionales.

Mikel Mitxelena manifiesta que lo más importante es controlar la obra y no hacer el desastre realizado por el Gobierno Vasco en Altamira. Ante esto Mikel Antxon Arrizabalaga objeta que el hecho de pagar no supone que los trabajos se vayan a realizar bien.

Sin más intervenciones, se ha votado el dictamen. Con siete votos a favor (Alcalde y concejales de Batasuna) y dos abstenciones (de los concejales del PSE Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin y del EAJ/PNV Pello Garbizu Azkue) se ha aprobado el dictamen.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 20:20 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 310.549 al 310.555, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna