28 de abril de 2014, Extraordinario

Tipo de documento

En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 10:00 horas del día 28 de abril de 2014, lunes, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia de la alcaldesa, Ainhoa Zabalo Loiarte y con la asistencia de los siguientes corporativos: Mikel Arruti Salaberria, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra, Eneko Lartige Zabaleku, Angel Portugal Formoso, Luis Garrido Corral (BILDU), Kepa Garbizu Azkue, Enrique Figueroa Laboa (EAJ-PNV) y Mikel Antxon Arrizabalaga Brusín (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

Ez dira bileran egon: Naroa Tubilla Ziganda, Miren Tarragona Perez, Garazi Kuesta Unzain (BILDU) eta Xubero Ubillos Apaolaza (EAJ-PNV)

Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola que da fe del acto.

1. Sorteo para la composición de las mesas electorales para las elecciones al Parlamento Europeo (2014ID250001)

Se realiza el sorteo mediante la aplicación CONOCE del INE, para la composición de las mesas electorales para las elecciones que se van a celebrar el 25 de mayo de 2014.

2. Dictamen para la aprobación de la modificación de Tasas y Bonificaciones de la Escuela de Música Tomas Garbizu para el curso 2014/15 (2014KO290001)

La alcaldesa propone aprobar el dictamen. Dice así:

“El presidente la comisión de hacienda da cuenta de la propuesta para la aprobación de las tasas y bonificaciones de la escuela de música Tomás Garbizu, para el curso 2014/2015.

A la vista de ello, la Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el 23/04/2014, con los votos favorables de los corporativos Mikel Arruti y Eneko Lartige y la abstención de los corporativos Kepa Garbizu y Mikel Antxon Arrizabalaga

DICTAMINA:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de las tasas y bonificaciones de la escuela de música Tomas Garbizu para el curso 2014/2015.

SEGUNDO: Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

Musika Eskola 2014-2015

TASAK

GAIAK /ASIGNATURAS

Tresna + Talde

Instrumento + Conjunto

301,01

Musika y Mugimendu 1.2. edo Hezkuntza Mus.

Musica y Movimiento 1º y 2º edo Formación Musical.

150,51

Musika Mugimendu 3. edo Musika Mintzaira

Musica y Movimiento 3º ó Lenguaje Musical

161,51

Tresna + Talde + Hezkuntza Musikala

Instrumento + Conjunto + Formación Musical

373,00

Tresna + Talde + Mus.Mintzaira

Instrumento + Conjunto + Lenguaje Musical

384,00

2 Tresna + Talde

2 Instrumentos + Conjunto

601,30

Ikastaroak; ordu 1 ( 2 ikasle )(**)

Cursillos ; 1 hora ( 2 alumnos)

12,78

Ikastaroak; ordu 1 ( 3 ikasle )

Cursillos ; 1 hora ( 3 alumnos)

8,52

Ikastaroak; ordu 1 ( 4 ikasle )

Cursillos; 1 hora ( 4 alumnos)

6,39

Ikastaroak; ordu 1 ( 4 ikasletik aurrera eta

Cursillos; 1 hora (A partir de 4 alumnos )

5,12

TERCERO: A.- BONIFICACIONES DEL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA DE “TOMAS GARBIZU” LEZOKO UDALAREN MUSIKA ESKOLA
Las condiciones previas que deberán cumplir los solicitantes serán:

A-1.- Estar al corriente en el pago de todos los tributos y precios públicos municipales.

B.- TENDRAN BONIFICACION EN EL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA:

B-1.- Aquell@s alumn@s cuyos ingresos económicos no superen los ingresos establecidos en la tabla indicada en las Normas de aplicación, tendrán derecho a la bonificación correspondiente
(Ver tabla).

B-2.- Cada miembro componente de familia numerosa, tendrá derecho a una bonificación del 25%.

D.- NORMAS DE APLICACIÓN:

D-1.- A los efectos de la determinación del número de miembros se tomará en consideración la información obrante en la última actualización del Padrón Municipal de Habitantes.

D-2.- Las solicitudes de bonificación de tasas se presentaran en las Oficinas de la Escuela de Música en el momento de realizar la matricula y se acompañaran de la siguiente documentación:

• Certificado de Convivencia.
• En caso de solicitar “Por ingresos económicos”, deberán aportar copia de la ultima declaración de la Renta o en su caso certificado expedido por la Diputación Foral de no estar obligado a realizar dicha declaración.
• A los que aporten copia de la Declaración de la Renta se les tomará como base el apartado “TOTAL COMPONENTES POSITIVOS”.
• En caso de aportar certificado de no obligatoriedad se consideraran los baremos que la Diputación Foral de Guipúzcoa, haya estimado como ingresos máximos para no realizar dicha Declaración.

Adjuntar documento de no obligatoriedad (hacienda) y el 10-T (la empresa) o el certificado de rendimientos brutos. (Errotaburu). Tlf: 902-100040

En el apartado “Por familia numerosa”, el libro de familia numerosa actualizado.

D-3.- A las personas que tengan derecho a bonificación, ésta se les aplicará en el momento del pago de matrícula.

D-4.- Las bonificaciones correspondientes a los párrafos B-1 y B-2 no tienen carácter acumulativo entre si. En este último caso, el beneficiario podrá optar por la que más le interese.

D-5.- La bonificación que eventualmente puede concederse, se entenderá exclusivamente para el ejercicio en que se solicite.

D-6.- Si un alumno cumple con los requisitos que se proponen para beneficiarse de alguna de las bonificaciones de tasas, pero resulta que el curso anterior la asistencia a las clases ha sido inferior al 85%, se le denegará automáticamente la correspondiente petición.

E.- CURSILLOS:

A los alumnos oficiales se les aplicará una reducción del 10% en los cursillos ofertados.
Esta reducción se aplicará al final del curso académico en vigor, y siempre que el informe académico en las materias oficiales y del propio cursillo sean favorables.

HILEKO

MENSUAL

URTEKO

ANUAL

Familia unitateko kideak / Miembros Unidad Familiar

1-2

3

4

5

6

7

645,30 €

7.743,60 €

90%

90%

95%

95%

95%

95%

709,83 €

8.517,96 €

75%

90%

90%

90%

90%

90%

774,36 €

9.292,32 €

50%

75%

90%

90%

90%

90%

838,89 €

10.066,68 €

25%

50%

75%

90%

90%

90%

903,42 €

10.841,04 €

0%

25%

50%

75%

90%

90%

967,95 €

11.615,40 €

0%

0%

25%

50%

75%

90%

1.032,48 €

12.389,76 €

0%

0%

0%

25%

50%

75%


CUARTO: Exponerlo al público mediante anuncio en el BOG y en el tablón de anuncios de la casa consistorial, a fin de en el plazo de un mes se estudie el expediente y poder presentar las alegaciones.

Si en dicho plazo no se recibe alegación, la ordenanza tendría la aprobación definitiva.

QUINTO: Al ser un acto de trámite no cabe recurso contra este acuerdo.

Se aprueba el dictamen con 8 votos a favor (6 del grupo municipal BILDU y 2 del grupo municipal EAJ-PNV) y con 1 abstención.

3. Ratificación del decreto de alcaldía nº D14/00287 en el que se interpone recurso a la aprobación definitiva del presupuesto de la mancomunidad de “San Marcos”.

Dice así el decreto de alcaldía D14/00287:
“La Junta de la Mancomunidad de San Marcos el 26 de noviembre de 2013 aprobó inicialmente los presupuestos de la Mancomunidad para el año 2014.
En el periodo de exposición pública los dos concejales representantes del Ayuntamiento de Lezo en la Junta de la Mancomunidad y representantes de otros cinco ayuntamientos presentaron una reclamación al presupuesto aprobado.
Conforme a la reclamación los presupuestos aprobados al fijar las partidas de ingresos provenientes de las aportaciones municipales no cumplen lo dispuesto en los Estatutos de Mancomunidad.
El presidente de la Mancomunidad por resolución 61/2013 no admitió la reclamación a trámite, por no ser la misma uno de los motivos previstos en la Norma Foral 21/2003 para reclamar a los presupuestos. En consecuencia dio los presupuestos por aprobados definitivamente y publicó anuncio de tal aprobación en el BOG de 29 de enero de 2014.
En el plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo, vistos los antecedentes señalados, y siendo que el Ayuntamiento de Lezo tiene el derecho de comparecer asistida por letrado, en uso de las facultades que me confiere la Ley,
DECRETO
PRIMERO.- Designar al letrado D. Iñigo Lizari Illarramendi como abogado del Ayuntamiento de Lezo a fin de impugnar la aprobación definitiva del presupuesto del 2014 de la mancomunidad de San Marcos, publicado en el Boletin Oficial Gipuzkoa el 29 de enero del 2014.
SEGUNDO.- Designar al procurador de Bilbao D. German Ors Simon para el ejercicio de la representación del Ayuntamiento de Lezo
TERCERO.- Otorgar Poder para Pleitos a favor del letrado D. Iñigo Lizari Illarramendi y del Procurador de Bilbao D. German Ors Simon, elevando la designación realizada a escritura pública.

La concejal Miren Tarragona (BILDU) se reincorpora a la reunión.

Mikel Antxon Arrizabalaga no está de acuerdo con la propuesta, ya que no cree que los criterios de distribución de gastos hayan cambiado en San Marcos y no ve razones para presentar un recurso.

Ainhoa Intxaurrandieta menciona que San Marcos tiene que realizar un nuevo contrato para la recogida selectiva y que, al igual que el Ayuntamiento de San Sebastián paga por la recogida de cartones realizada por San Marcos, cada ayuntamiento debería pagar lo correspondiente a la recogida selectiva realizada por la mancomunidad, puesto que ya son seis municipios los que están realizando dicha recogida por su cuenta. No tiene dudas de que los gastos comunes deben ser pagados entre todos, pero cree que, en cuanto a los demás servicios, cada uno debe pagar lo que le corresponde.
Se aprueba la ratificación del decreto de alcaldía con 7 votos a favor (BILDU) y 3 votos en contra (2 de EAJ-PNV y 1 de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

Cierre del acta

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:25 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 1106118, 1106122 y del 1106119 al 1106121, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna