10 de Mayo de 2002

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En el salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 19:05 del día 10 de mayo de 2002, se constituye, el PLENO MUNICIPAL, al objeto de celebrar SESIÓN ORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Aitor Sarasola Salaberria (EH), y con la asistencia de los siguientes corporativos: Mikel Mitxelena Iza (EH), Imanol Esnaola Arbiza (EH), Juli Del Sol Bermejo (EH), Inmaculada Muñoz Martínez (EH), Iñaki Zabaleta Zabala (EH) e Iñaki Labaka Loperena (EH), Pello Garbizu Azkue (PNV), Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin (PSE), Ainhoa Villanúa Ayuela (PSE), Iñake Urrestarazu Azurmendi (EA) eta Gurutze Sein Cordero (EA).

No asiste, previa justificación de su ausencia, el concejal Jesus Mari Martiarena Jaka (PNV).

Asiste y da fe del acto el secretario municipal Xabier Loiola Aristi.

Y sin más, pasan a tratar los temas del día.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria celebrada el 22 de marzo de 2002.

Se aprueba el acta y los concejales que asisten a la sesión la firman.

2.- Dación de cuenta de resoluciones de alcaldía.

Dación de cuenta de resoluciones de alcaldía: decreto de alcaldía nº 48, por el que se aprueba la liquidación del presupuesto municipal de 2001.

3.- Moción presentada por Batasuna solicitando al Gobierno de Venezuela regularice la situación de los refugiados políticos vascos y en concreto la del lezoarra Jose Lorentxo Aiestarán.

La moción dice así:

"Ante las informaciones sobre la posibilidad de iniciar el proceso para extraditar al Estado Español a nuestro vecino JOXE LORENTXO AIESTARAN por parte de la República Bolivariana de Venezuela, este Ayuntamiento quiere expresar lo siguiente:

  • Las peticiones de extradición realizadas por el Estado Español no tienen otro fin que el de implicar a la República Bolivariana de Venezuela en su estrategia represiva, es decir, en la estrategia represiva que utiliza el Gobierno Español para terminar con el deseo de libertad y soberanía de Euskal Herria.
  • La negación por parte de los Estados Francés y Español del derecho a que Euskal Herria decida su presente y futuro mantiene vivo el conflicto de notable carácter político, el cual va acompañado de expresiones violentas que generan un dolor y un sufrimiento terribles en las dos partes.
  • La larga historia de ese conflicto es el mejor ejemplo para demostrar que la represión en vez de solucionar el propio conflicto lo que hace es alargarlo, radicalizarlo y aumentar el sufrimiento generado en las dos partes.
  • Como consecuencia de ese conflicto y de la inexistencia de una oferta de solución democrática al mismo, muchos ciudadanos vascos han dejado su casa, su familia, sus amigos y su patria para buscar refugio en otro país. Por eso, es innegable el carácter político de los refugiados y en este caso concreto el de JOXE LORENTXO AIESTARAN.
  • El simple carácter político del refugiado en Venezuela JOXE LORENTXO AIESTARAN es razón suficiente para impedir un proceso de extradición que lo deje en manos del Estado Español o su entrega a España.
  • A todas las razones expuestas anteriormente cabe añadir los largos años que JOXE LORENTXO AIESTARAN ha permanecido en Venezuela, integrándose completamente en dicho país sin provocar ninguna influencia negativa en la vida cotidiana del lugar; es más, ha ayudado junto con el resto de venezolanos al desarrollo de ese país.
  • La presencia de JOXE LORENTXO AIESTARAN en Venezuela es la consecuencia de un acuerdo entre los Gobiernos Español y Venezolano. Según dicho acuerdo, Venezuela acogió a nuestro vecino y a otros vascos, teniendo en cuenta precisamente el carácter de refugiados políticos de éstos y desde entonces el tratamiento y la calificación recibida por el Gobierno se ha basado en dicho carácter.
  • Las personas no pueden utilizarse como mercancía intercambiable en las transacciones políticas o económicas como hace poco dijo en la prensa venezolana el señor Mugica Herzog (el Defensor del Pueblo Español). En dichas declaraciones, Mugica Herzog calificó a los refugiados como "depósito a plazo" y añadió que si el Gobierno Español decide que el plazo ha finalizado los acuerdos también habrán finalizado y los refugiados tendrán que ser entregados.
  • De hecho, como año tras año han declarado las instituciones prestigiosas como Amnistía Internacional, el Observatorio Internacional para las Prisiones, la Comisión para la Prevención de la Tortura, etc., los derechos humanos de los ciudadanos vascos que son detenidos y/o encarcelados se quebrantan sistemáticamente tanto en los cuarteles y comisarías como en las propias cárceles.
  • Siendo esto así, conviene recordar el articulo 13 del Convenio Interamericano para la Prevención y el Castigo de la Tortura que dice literalmente lo siguiente: "no se extraditará ni se entregará a la persona solicitada si hay una sospecha fundamentada de que peligre su vida bajo tortura, un trato cruel, inhumano o degradante o si existe la sospecha de que lo juzguen los juzgados extraordinarios del Estado solicitante creados ad hoc para el caso".

Y lo establecido en el articulo 3 del Convenio contra la Tortura y otros Tratos o Castigos crueles, inhumanos y degradantes del 10 de diciembre de 1984: "Los Estados Miembros no extraditarán, expulsarán o entregarán a ninguna persona a otro Estado cuando exista una sospecha fundamentada para creer que será sometido a torturas".

Por todo lo expresado anteriormente y por la confianza que nos dan las costumbres de política de asilo que este país ha ofrecido a todos los vascos que han recurrido a refugiarse a Venezuela, le pedimos que no entregue ni extradite a los refugiados políticos vascos y que ponga en marcha las medidas necesarias para regularizar su situación y así acabar para siempre con esa situación de duda e indefensión que hoy en día viven los refugiados".

Imanol Esnaola, recuerda que los refugiados vascos no están por propia voluntad en Venezuela, sino tras los acuerdos entre el entonces gobierno español, con el PSOE, en la presidencia y el gobierno venezolano. Que los refugiados están sin ningún tipo de documentación, ni derechos, de nuevo ocultos y sin contactos y que a través de la embajada española se está forzando la situación. Por todo ello solicitan finalice está política de acoso.

A juicio de Pello Garbizu el objetivo del texto se queda corto, ya que a su juicio se debería abogar por conseguir las condiciones que posibilitaran el regreso voluntario de estos refugiados.

El alcalde dice que Batasuna también comparte tal objetivo, pero que la moción viene a responder a concretas actuaciones del gobierno español.

Planteada la votación se aprueba la moción con siete votos a favor, emitidos por el alcalde y resto de concejales de Batasuna y cinco abstenciones, las del concejal del PNV, las de las concejales de EA y la del concejal y concejala del PSE.

4.- Moción presentada por Batasuna, solidarizándose con el pueblo venezolano tras el golpe de estado del pasado 11 de abril.

La moción presentada por Batasuna dice textualmente:

" El 11 de abril algunos sectores del ejercito y la patronal protagonizaron un golpe de estado contra el Gobierno de Venezuela.

Este frustrado intento de derrocar de forma violenta un Gobierno surgido de unas elecciones, fue aplaudido por algunos gobiernos que se autodenominan "demócratas". Este fue el caso de los gobiernos de Estados Unidos y España, que rápidamente se pusieron de parte de los golpistas, tratando de negar la legitimidad democrática del Gobierno del Presidente Chávez. En la misma línea, la Unión Europea no ha condenado este golpe de estado. Y aún más: según se ha sabido posteriormente, los Estados Unidos han jugado un papel activo en la gestación y en la gestión del golpe de estado.

De otro lado, el papel que han jugado los medios de comunicación en este asunto ha sido realmente vergonzoso, ya que desde un principio han dado todo su apoyo al golpe, demostrando una postura contraria al gobierno democrático. En este caso ha vuelto a quedar en evidencia la falta de neutralidad de los medios de comunicación, ya que los medios internacionales se han alineado con el discurso de los Estados Unidos y los medios estatales con la línea marcada por el gobierno español, olvidándose una vez más de la independencia que tantas veces proclaman.

Hay que recordar que el señor Hugo Chávez Frías, es Presidente de Venezuela porque ganó las elecciones de su país, es decir, porque la mayoría de la sociedad venezolana le ha dado su apoyo en los comicios presidenciales. Estos es lo que le confiere una legitimidad democrática absoluta y estos es lo que le obligará, en su momento, a rendir cuentas ante el pueblo venezolano".

Es por todo ello que se presente la siguiente moción:

"Ante la situación política que se vive en Venezuela, esta corporación adopta los siguientes acuerdos:

  1. Denunciar firmemente el golpe de estado del 11 de abril, ya que ha sido un intento de derrocar por la fuerza el Gobierno democrático establecido en virtud de una elecciones.
  2. Denunciar la postura mantenida por los gobiernos de Estados Unidos y de España ante este intento de derrocamiento del Gobierno legítimo de Venezuela, los cuales aplaudieron el golpe de estado y manifestaron su apoyo a los golpistas.
  3. Manifestar su plena solidaridad con el pueblo de Venezuela y declarar que sólo a él le corresponde decidir en torno a su propio estatus y a su futuro. Por tanto, se reclama el derecho de los venezolanos y venezolanas a desarrollar su proceso político en democracia y en paz, sin injerencias externas.

A continuación Pello Garbizu presenta un texto alternativo o enmienda a la totalidad. El texto alternativo dice así:

ENTORNO AL GOPE DE ESTADO DE VENEZUELA

" El pasado día 11 de abril, Venezuela vivió diversos acontecimientos que empezaron con una marcha de protesta que diversos sectores de oposición convocaron en protesta al gobierno y que terminó en una intentona de golpe de estado. Esta manifestación, modificó su itinerario original y se dirigió hacia al Palacio de Miraflores donde se empezaron a concentrar los seguidores del gobierno. A pocos metros de que ambas concentraciones se cruzarán varias personas cayeron heridas por armas de fuego. Más tarde se comprobó el número de muertos y, según el testimonio de los asistentes, se señaló que existían francotiradores apostados en los alrededores del Palacio de Miraflores.

El día viernes 12 de abril se produjeron algunas visitas domiciliarias y detenciones irregulares. La DISIP detuvo al diputado del Movimiento Quinta República (partido oficialista), Tarek Wiliam Saab sin orden judicial. Asimismo, los gobernadores de los estados Táchira, Mérida, Trujillo, Falcón, Lara, Barinas, Guárico, Nueva Esparta, Portuguesa, Vargas y Bolívar fueron conminados a dejar los Palacios Regionales de Gobierno. Lo mismo sucedió con algunos alcaldes. El gobernador del estado Mérida, Florencio Porras, fue detenido arbitrariamente en las instalaciones del batallón militar Justo Briceño.

El Instituto de Medicina Legal (Morgue de Bello Monte), que sirve a la ciudad de Caracas, recibió 47 cadáveres desde el día jueves 11 de abril hasta la tarde del domingo 14. Según este listado oficial del Instituto de Medicina Legal, durante los acontecimientos que se desarrollaron el 11 de abril alrededor del Palacio Presidencial de Miraflores, 17 personas fueron asesinadas. Una buena parte de ellas con heridas por arma de fuego en el cráneo. El resto de las personas asesinadas que recopila la lista del Instituto de Medicina Legal no se ha comprobado que tengan relación con los sucesos del 12 al 14 de abril. El día 13 de abril disturbios y saqueos se desarrollaron en diferentes zonas de la ciudad capital. Casi la totalidad de los fallecidos y lesionados en esta jornada fueron heridos por armas de fuego y una minoría a causa de armas blancas.

Durante los días sábado 13 y domingo 14 de abril, los disturbios sociales incluyeron los saqueos de establecimientos comerciales - supermercados, panaderías, carnicerías, ventas de electrodomésticos etc., el incendio de centros comerciales y el ataque a algunas instituciones religiosas - como ocurrió con el Palacio Arzobispal y la Catedral de Caracas, en cuyas paredes se escribieron mensajes ofensivos y amenazantes contra la integridad de sacerdotes, obispos y del Cardenal Ignacio Velazco.

En conclusión, se tiene confirmación de 17 personas asesinadas durante la marcha de la oposición que se realizó el día 11 de abril y 17 personas que murieron durante los disturbios de los días 13 y 14 de abril, haciendo un total de 34 víctimas constatadas en los sucesos de abril en Venezuela.

El día lunes 15 de abril el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas dio a conocer sus cifras oficiales que indican que entre las 06h00 del pasado jueves 11 de abril y las 18h00 de ese mismo día se registraron 57 homicidios en el área metropolitana de Caracas y otros 64 en la provincia.

Ante la dramática situación que vivió Venezuela los días 11 de abril y siguientes, el Pleno del Ayuntamiento de Lezo adopta la siguiente resolución:

  1. Condena la intentona de golpe de Estado y denuncia cualquier uso de la violencia tendente a defender posicionamientos políticos, y cualquier tentativa violenta para derrocar gobiernos legítimamente constituidos.
  2. Se solidariza con el Pueblo Venezolano en la defensa de sus derechos y de su desarrollo integral, con la esperanza de que a la mayor brevedad posible se supere la grave situación social que atraviesa el país.
  3. Solicita el pleno respeto de todos los Derechos Humanos y que se investiguen con todas las partes interesadas (medios oficiales, ONGs, etc.), los acontecimientos del pasado mes de abril.
  4. Reivindica para el Pueblo Venezolano el derecho a ejercer su voluntad popular respecto a su futuro por vías exclusivamente democráticas".

Concejales del grupo Batasuna solicitan un receso que el alcalde autoriza.

Transcurridos cuatro minutos se reanuda la sesión. Mikel Mitxelena e Imanol Esnaola consideran que la moción alternativa presentada por Pello Garbizu no menciona cuestiones fundamentales como pueden ser la colaboración de otros estados y de los poderes económicos en el intento de golpe y la actitud de los medios de comunicación.

A juicio de Mikel Antxon Arrizabalaga es pretencioso y difícil de distinguir desde tan lejos a los buenos y los malos, por ello dice que su grupo se va abstener en las dos mociones si bien desea que se respeten los derechos democráticos y el respeto a la paz, libertad y democracia.

En primer lugar se plantea la votación de la enmienda a la totalidad presentada por Pello Garbizu. El secretario advierte que en caso de que fuera aprobada no procedería votar la moción de Batasuna, dado el carácter de enmienda a la totalidad del texto alternativo. Realizada la votación se dan tres votos a favor, emitidos por Pello Garbizu y las concejales del grupo EA, siete votos en contra, emitidos por el alcalde y resto de concejales de Batasuna y dos abstenciones las del y la concejal del PSE, por lo que la enmienda no ha sido aprobada.

Planteada votación sobre la moción presentada por el grupo Batasuna esta se aprueba con siete votos a favor, emitidos por el alcalde y resto de concejales de Batasuna, tres votos en contra emitidos por el concejal del PNV y las concejales de EA y dos abstenciones, las del y la concejal del PSE.

5.- Moción presentada por Batasuna, en contra de la ilegalización de Batasuna.

La moción dice así:

"Estos últimos meses los portavoces del Gobierno Español están hablando a menudo de la intención de ilegalizar Batasuna. En nuestro pueblo no son una novedad semejantes pasos represivos; además de abrir camino a la guerra sucia, a las torturas, a la pena de muerte extrajudicial, a las detenciones y a los encarcelamientos, últimamente también se ha abierto el camino a la agresión seudo-judicial, es decir, a la represión disfrazada de ley.

El carácter represivo y fascista del Estado español aparece a menudo y, por desgracia, en nuestros pueblos, todos hemos tenido la ocasión de vivirla de cerca. Los Estados han respondido históricamente mediante la represión política al deseo de paz y libertad del pueblo para evitar la palabra y la decisión de Euskal Herria porque en el fondo tienen miedo a la democracia.

Siendo la represión permanente y continua, a veces se intensifica, en concreto cuando los Estados ven que su posición se tambalea y/o cuando Euskal Herria reivindica con decisión sus derechos políticos, estando cerca del cambio político. Así, cuando Franco estaba a punto de morir, el Estado Español apostó por una represión cruel, estableciéndose en Euskal Herria el estado de excepción. Después de su muerte, en este régimen remodelado, hemos conocido muchos Tribunales y muchas leyes especiales con la única intención de hacer frente a la lucha de los ciudadanos vascos.

Ahora, cuando se ha agotado el marco jurídico-político impuesto a Euskal Herria, cuando no da más de sí y cuando una amplia mayoría apuesta claramente por la autodeterminación, España, en vez de reconocer nuestros derechos políticos y civiles, está desarrollando de nuevo un salto represivo. Ilegalizando instituciones sociales, asociaciones e instituciones políticas vascas diferentes y encarcelando a sus miembros, quieren suprimir la representación política de 200.000 ciudadanos vascos, mediante la ilegalización de Batasuna. Semejante ataque, otra vez va dirigido a toda Euskal Herria, provocando esta violenta ruptura social y todavía se desconoce el alcance que esto originará en el ámbito institucional, político y social.

Ante el proyecto del Gobierno Español para ilegalizar a Batasuna, la preocupación y la inquietud de la sociedad hacen su aparición diariamente mientras diferentes agentes hacen publica su postura. Por lo tanto, la sociedad también solicita a las instituciones y a los representantes políticos vascos que se posicionen. Así pues, LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE LEZO adopta las siguientes resoluciones:

    1. Todas las fuerzas políticas tienen la necesidad y el derecho de participar en igualdad de condiciones en la vida social, política y cultural de Euskal Herria. Por ello, hay que respetar la pluralidad de las opciones políticas.
    2. Ni Batasuna ni ninguna fuerza política pueden ser ilegalizados y apartados de la actividad política, suprimiendo a los que trabajan para conseguir los derechos civiles y políticos de los ciudadanos vascos y la democracia para Euskal Herria, mediante la adecuación del comportamiento de algunos partidos.
    3. La realización de las acciones necesarias para garantizar la participación política plena de Batasuna, equiparándose en igualdad al resto de las formaciones políticas de Euskal Herria.
    4. Esta propuesta de resolución se enviará a las siguientes personas: al Relator (de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas) para la Independencia del Poder Judicial, al Relator (de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas) de la Libertad de Expresión y al Tribunal de los Derechos Humanos de Europa."

Pello Garbizu presenta propuesta de enmienda, que textualmente dice así:

ANTE LOS PRECESOS DE ILEGALIZACION DE ORGANIZACIONES POLITICAS

El Ayuntamiento de Lezo

1.- Declara que, por coherencia democrática, la defensa de las libertades y derechos fundamentales debe garantizarse con independencia de la simpatía o juicio político que a unos u otros pueda merecer el titular o titulares de esos derechos o libertades.

2.- Pone de manifiesto que estos procesos de ilegalización de organizaciones políticas afectan directa y restrictivamente a derechos y libertades tan relevantes como la libertad ideológica, de expresión, de asociación o de participación ciudadana, que están reconocidos expresamente por la Constitución, en su Título I, Capítulo II, Sección Primera.

3.-Afirma que los procesos de ilegalización citados se asientan en una interpretación expansiva del delito de colaboración o pertenencia a banda armada que tiende a situarse más allá de los supuestos objetivos previstos por la ley, que se dirige contra sujetos colectivos y no contra personas concretas, y que además se extiende a formas de expresión, asociación y opción política o ideológica con arraigo en la realidad social de nuestro país. No podemos compartir esta forma de interpretar y aplicar la ley y, en consecuencia, manifestamos nuestro profundo desacuerdo con estos procesos de ilegalización.

4.- Muestra su preocupación y denuncia porque en este contexto se producen situaciones de indefensión y espacios de legalidad ambigua, propicios a la arbitrariedad en lo referente a la garantía de los derechos y libertades básicas de las personas. Esta situación de indefinición y equívoco en la protección de las libertades, especialmente cuando se da un contexto de gran relevancia pública, contribuye a fomentar una cultura relativista de los derechos humanos, lo que resulta de una especial gravedad en nuestra compleja realidad sociopolítica.

5.-Constata que estas circunstancias inciden negativamente, además, en la consecución de un objetivo mayoritariamente apoyado por nuestra sociedad como es el de hacer posible una convivencia política pacífica, democrática y con garantía para la expresión de su pluralismo.

6.- Rechaza las iniciativas actualmente en marcha que tienen como objetivo la ilegalización de organizaciones políticas y exige su paralización y revocación en su caso".

A pregunta del alcalde Pello Garbizu dice que la enmienda lo es a la totalidad, que es un texto alternativo a la moción presentada y no una propuesta a añadir o compatibles a la moción.

A juicio de Imanol Esnaola lo que está ocurriendo no es un suceso puntual. Si así lo fuera estarían dispuestos a apoyar en gran parte la moción de Pello Garbizu. Sin embargo, en su opinión no se debe de olvidar la persecución y todas las formas de represión que durante muchos años ha vivido y vive Euskal Herria. Entiende que en el proyecto español no se plantea el dar una solución política al conflicto de Euskal Herria.

Considera Imanol Esnaola que el PNV tiene responsabilidad política en este tema, con la Ertzantza, con la Consejería de Interior y con sus campañas de satanización de la izquierda abertzale. En el caso de Lezo encarcelando a un concejal, castigando con multitud de sanciones administrativas, cerrando las herriko tabernas.

Todo esto es un matiz importante, continúa Imanol Esnaola. La moción del PNV no se puede aprobar sin antecedentes. Esa moción niega la de Batasuna sin entrar en los temas de fondo. No cabe consensuarla si no se le mira al todo.

Censura al PNV el que esta semana hayan preferido buscar la foto mediática tras acordar con el PSE un texto en Eudel a tratar con Batasuna el primer texto presentado.

Según Mikel Antxon Arrizabalaga, la prensa dice que el PSE está negociando con el PP la ley de partidos políticos que plantea la ilegalización de formaciones fascistas, de ideología nazi o que utilicen medios violentos. La decisión última será de los tribunales de justicia, sin intervención de los partidos políticos. El se manifiesta partidario de que se aplique la ley.

Imanol Esnaola le dice que no esperan nada bueno del grupo de Mikel Antxon, grupo que está en los tribunales por haber creado el GAL. Le reprocha que su grupo político haya tenido sólo palo para Euskal Herria. Dice que la situación será dura para todos.

Realizada votación sobre la moción alternativa presentada por Pello Garbizu se dan cuatro votos afirmativos, los emitidos por los concejales del PNV y de EA, siete votos en contra, emitidos por el alcalde y resto de concejales de Batasuna y dos abstenciones, las del concejal y concejala por el PSE. En consecuencia la enmienda no ha sido aprobada.

A continuación el alcalde plantea la aprobación de la moción presentada por el grupo Batasuna. La misma se aprueba con siete votos a favor emitidos por el alcalde y resto de concejales de Batasuna, cuatro votos en contra emitidos por los concejales de PNV y EA, y dos abstenciones, la de los concejales por el PSE.

6.- Dictamen para aprobar la creación de una comisión intermunicipal con el Ayuntamiento de Errenteria para que estudie los límites de ambos territorios, con motivo de la redacción del nuevo Plan General de Errentería.

El alcalde presenta el dictamen aprobado por la comisión de urbanismo de 22-04-2002.

El dictamen dice así:

"Presentación de las sugerencias al Avance del Plan General de Ordenación Urbana de Errenteria.

El 12 de marzo de 2002, el Ayuntamiento de Errenteria decidió exponer al público los criterios y objetivos del Avance del Plan General de Ordenación Urbana. Asimismo, y en la medida que el municipio de Lezo es lindante con el de Errenteria, el alcalde de aquel municipio, Miguel Buen, envió una invitación al alcalde de Lezo, Aitor Sarasola, para comentar el documento expuesto al público y sus influencias en el municipio de Lezo a fin de que se pudiera llegar a un acuerdo de compatibilización de planeamientos.

Previamente a esta reunión ya se había realizado un primer contacto técnico entre el director de la Oficina del Plan General de Errenteria, Enrique Ponte y los arquitectos municipales de los términos municipales de Oarsoaldea, a fin de exponer los criterios del nuevo documento de ordenación.

Dado que en la reunión mantenida entre los alcaldes antes citados no surgieron desencuentros importantes y teniendo en cuenta que los problemas técnicos mayores se centraban en la definición de los límites municipales, se creyó conveniente crear una comisión específica entre los dos municipios para estudiar dichos límites.

Por lo tanto y ante lo anteriormente expuesto y una vez estudiados los criterios y objetivos del Plan General de Ordenación Urbana de Errenteria se propone a la Corporación de Lezo apruebe la creación de una Comisión Intermunicipal que estudie los límites de ambos territorios al objeto de que sus planeamientos sean complementarios y compatibles.

Con los votos a favor de Aitor Sarasola Salaberria (Batasuna), Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin (PSE), y la abstención de Pello Garbizu (PNV) la Comisión de Urbanismo dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar la creación de una comisión intermunicipal que estudie los límites de ambos territorios al objeto de que sus planeamientos sean complementarios y compatibles".

Iñake Urrestarazu pregunta sobre la composición y funcionamiento de esa comisión.

El alcalde contesta que aún está por definir y que se informará de ello en su momento.

Pello Garbizu muestra su total conformidad con el dictamen. Ahora bien, defiende la necesidad de crear comisiones para el deslinde no sólo con Errenteria sino también con el resto de poblaciones lindantes.

Se aprueba el dictamen con el voto a favor de los doce concejales presentes en la sesión.

7.- Dictamen para la autorización al Ayuntamiento de Errentería para la tramitación del Plan Especial del Area 19: " La Papelera Española, S.A.".

El alcalde presenta el dictamen aprobado por la comisión de urbanismo de 22-04-2002.

El dictamen dice así:

"Autorización al Ayuntamiento de Errenteria para la tramitación de Plan Especial del Area 19: "La Papelera Española, S.A.".

El Alcalde del Ayuntamiento de Errenteria ha remitido ejemplar del documento urbanístico del Plan Especial de reforma interior del área 19, La Papelera Española, S.A. y dado que en el ámbito de actuación de dicho Plan Especial se incluyen terrenos del término municipal de Lezo el alcalde de Errenteria solicita de la corporación de Lezo la aprobación del Plan y la autorización para que sea el ayuntamiento de Errenteria quién tramite el citado documento.

El informe técnico realizado por el arquitecto asesor municipal es favorable a la aprobación del documento urbanístico en cuestión condicionado a que se modifique el régimen del vial que partiendo de Nafarroa Etorbidea en Errenteria, atraviesa la fábrica y accede a los caseríos de la zona rural de Lezo, debiéndose calificar como de dominio y uso público en lugar de servidumbre de paso de acceso a los caseríos.

La posibilidad de acuerdo entre ayuntamientos para la tramitación de documentos urbanísticos que afecten a territorio de ambos está contemplada en la Ley 5/1998 de Gobierno Vasco y así se confirma en el informe jurídico del Secretario municipal.

Con los votos a favor de Aitor Sarasola Salaberria (Batasuna) y Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin (PSE), y la abstención de Pello Garbizu (PNV) la Comisión de Urbanismo dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Autorizar al Ayuntamiento de Errenteria para la tramitación del "Plan Especial del Area 19: La Papelera Española, S.A.." con las condiciones mencionadas en la parte expositiva de este dictamen".

Pello Garbizu muestra su preocupación por el futuro del camino rural público existente en esa zona. Dice que ese camino se usa desde hace mucho para ir de Lezo a Errenteria, que el mismo Lope de Isasti lo menciona.

El alcalde le recuerda que esa es la condición puesta al Ayuntamiento de Errenteria, que el Plan Especial que se está tramitando recoja el dominio y uso público del mismo.

SE APRUEBA el dictamen con el voto a favor de los doce concejales presentes en la sesión.

8.- Dictamen para la aprobación inicial de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lezo, referida al Polígono 107 (Industrial Salva).

El alcalde presenta el dictamen aprobado por la comisión de urbanismo de 22-04-2002.

El dictamen dice así:

"Visto el proyecto presentado por Eduardo San Martín, en representación de Industrial Salva, S.A., solicitando la tramitación de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias en el ámbito del polígono 107 (Industrial Salva).

Visto, asimismo, el informe favorable emitido por el técnico asesor, en el que se propone que se fijen los plazos de presentación de los diferentes documentos de desarrollo, a saber: el Plan Parcial deberá presentarse a los seis meses de la aprobación definitiva de la modificación de NNSS. El proyecto de gestión, a los tres meses de la aprobación definitiva del Plan Parcial y el proyecto de urbanización, en un plazo máximo de 18 meses desde la aprobación definitiva de la modificación de las NNSS.

Con el voto a favor de Aitor Sarasola Salaberria (Batasuna), y las abstenciones de Mikel Antxon Arrizabalaga Brusin (PSE) y la de Pello Garbizu (PNV) la Comisión de Urbanismo dictamina para su aprobación en Pleno el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el proyecto de modificación de normas subsidiarias en el ámbito del polígono 107 (Industrial Salva).

SEGUNDO: Abrir un período de un mes para información pública, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y prensa, para que se puedan presentar alegaciones".

El Alcalde manifiesta que este tema resultará muy conocido al pleno, ya que se ha tratado a menudo en las sesiones del mismo. Es un tema que anda a vueltas desde la paralización, por parte de la Diputación, de los documentos de modificación tramitados inicialmente. El Ayuntamiento de Lezo ha apostado por retener dicha empresa en el municipio. Este documento, que corresponde a la nuevas condiciones para poder realizar el acceso desde la N-1 al polígono, es el resultado del acuerdo logrado tras duras negociaciones entre Industrial Salva, ayuntamiento y diputación.

El alcalde recuerda que se mantiene el convenio urbanístico firmado con Industrial Salva previo a la tramitación del documento anterior y que se debe acordar otro nuevo convenio con el propietario de la nueva parcela que se califica en este documento. Según se recoge en el documento que se presenta a aprobación, dicho propietario deberá ceder al ayuntamiento el 25% de la parcela urbanizada. La firma del convenio urbanístico será condición previa para la aprobación definitiva del documento de planeamiento.

Con dicho condicionante, con el voto favorable de los diez concejales presentes en la sesión (alcalde y concejales de Batasuna, PNV y EA) y con las dos abstenciones (de los concejales del PSE), es decir, con la mayoría exigida por el artículo 47.3 de la LRBRL , se ha aprobado el dictamen.

9.- Dictamen para la modificación de la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo del año 2002, creación de una plaza de Técnico de Administración General reservada a personal eventual.

El alcalde propone al pleno la aprobación del dictamen de la Comisión de Interior.

El dictamen dice así:

"El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2001, aprobó la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo para el año 2002.

Posteriormente, el Pleno en sesión celebrada el 22/03/2002, acordó modificar la plantilla orgánica del 2002, y crear una plaza de Técnico de Administración General.

Estimando que el proceso de selección para cubrir dicha plaza durará 5/6 meses, proponemos realizar una modificación en la plantilla que posibilite la opción de un nombramiento de personal eventual, con carácter de provisional.

La modificación tendría un carácter temporal y el nombramiento quedaría sin efecto, en el momento en que la plaza de Técnico de Administración General creada por acuerdo plenario de 22/03/2002, fuera cubierta en propiedad, sin perjuicio de lo establecido por la legislación vigente para este tipo de nombramientos.

La propuesta fue dictaminada en la Comisión de Interior celebrada el día 2 de mayo de 2002, con los votos a favor de Aitor Sarasola Salaberria y Mikel Mitxelena Iza y la abstención de Pello Garbizu Azkue.

PRIMERO: Modificar la relación de puestos de trabajo del año 2002, creando un puesto de Técnico de Administración General, en el que iría encuadrada la plaza de Técnico de Administración General aprobada en sesión plenaria de 22/03/2002.

SEGUNDO: Modificar la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo de 2002, con la introducción de una plaza y un puesto de Técnico de la Administración General, reservada a personal eventual".

El alcalde manifiesta que el departamento de urbanismo, obras y servicios no puede esperar a la oferta pública de empleo de 2002. Se pronuncia a favor de cubrir provisionalmente el puesto de trabajo hasta la convocatoria de aquella. En vista de que a dicho puesto de trabajo le corresponden tareas de dirección, y teniendo en cuenta su provisionalidad, considera razonable contratar personal eventual de libre designación. Aclara que se exigirá el perfil lingüístico 3 a quien vaya a desempeñar dicho trabajo, ya que no se realizarán pruebas para la contratación y el único modo de verificación del perfil 4 es por medio de realización de pruebas; en cambio, para el 3 existen otras verificaciones equivalentes.

Mikel Antxon Arrizabalaga manifiesta que no están en absoluto de acuerdo con la propuesta del alcalde. Si bien las contrataciones de personal de confianza pueden ser idóneas para algunas tareas, no considera que las funciones que vaya a tener este puesto de trabajo se incluyan entre ellas. No entiende por

que no se convoca una oposición urgente para proveer el puesto con un funcionario interino. En su opinión el dictamen es una trampa; si se quiere cubrir una plaza de funcionario, que se cubra la plaza pero no con las personas de confianza del alcalde.

Pello Garbizu muestra su asombro por el dictamen presentado: la plantilla aprobada en noviembre se modificó en marzo y ahora, en mayo, llega la segunda modificación en torno a la misma plaza. Pregunta por qué hay ahora tanta prisa; a ver si se ha estudiado la incidencia que conlleva esta resolución sobre quien hasta ahora realizaba dichas tareas. Todo esto le plantea dudas sobre la legalidad del dictamen y solicita al secretario municipal una aclaración sobre el tema.

El alcalde manifiesta que las funciones del puesto de trabajo se expusieron en la comisión de interior. Que la mayoría de ellas no las desempeña nadie en la organización actual del ayuntamiento. Que el nuevo puesto de trabajo significará una aportación importante y dicho beneficio se quiere cuanto antes. El asunto de la prisa es subjetivo. Responde a Mikel Antxon Arrizabalaga manifestando que la contratación se realizará por convocatoria pública y que una empresa especializada realizara la primera selección entre los candidatos. Que todo ello ofrece ciertas garantías.

En este sentido Imanol Esnaola manifiesta que se contratará una persona cualificada, como eventual.

Según el secretario no hay evidencias de ilegalidad en el dictamen de la comisión de interior. Las funciones que pueden desempeñar los trabajadores eventuales son tema de debate. En todo caso, entre las tareas de este puesto de trabajo son importantes las de asesoría y los eventuales pueden desempeñar dichas funciones.

Iñake Urrestarazu pregunta cómo es posible que un eventual pueda realizar las sustituciones del secretario.

Tanto el alcalde como el secretario aclaran que las funciones designadas a la plaza en la Comisión de Interior son de funcionario, no de un trabajador eventual. El secretario explica que un contratado de confianza no podrá sustituir al secretario.

Sin más debate, se vota el dictamen. Ha habido siete votos a favor (el alcalde y resto de concejales de Batasuna), cuatro en contra (los concejales de EA y PSE) y una abstención (el concejal de PNV).

10.- Propuesta de alcaldía para ceder el uso de los terrenos municipales de Antxillastegi a Behemendi Elkartea para la ubicación de un agroaldea.

Tras la solicitud realizada por Pello Garbizu de informe jurídico sobre la propuesta de alcaldía y las quejas de Mikel Antxon Arrizabalaga de no haberse informado de la propuesta en ninguna comisión con el acuerdo unánime de todos los presentes se acuerda dejar el tema sobre la mesa, pendiente de los informes pertinentes y presentación en comisión.

11.- Dictamen para la aprobación de las tasas y bonificaciones de "Tomás Garbizu Udal Musika Eskola" para el curso 2002/2003.

El dictamen de la comisión de cuentas y hacienda dice textualmente:

"La Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2002, con el voto ponderado a favor del corporativo Aitor Sarasola Salaberria (E.H.) , y la abstención de Pello Garbizu Azkue (P.N.V.) e Iñake Urrestarazu Azurmendi (E.A.), propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del acuerdo:

Aprobar las tasas y bonificaciones de la escuela de música "Tomas Garbizu" para el curso 2002/2003.

TARIFAS

Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

BONIFICACIONES DEL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA DE "TOMAS GARBIZU" LEZOKO UDALAREN MUSIKA ESKOLA

Las condiciones previas que deberán cumplir los solicitantes serán:

1.- Estar empadronado en Lezo antes del 1 de enero del año en que se solicite.

2.- Estar al corriente en el pago de todos los tributos y precios públicos municipales

TENDRAN BONIFICACION EN EL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA:

1.-Aquellos alumnos cuyos ingresos económicos no superen los ingresos establecidos en la tabla indicada en las Normas de aplicación, tendrán derecho a una bonificación del 75 % de las referidas tasas.

2.- Cada miembro componente de familia numerosa, tendrá derecho a una bonificación del 25%

NORMAS DE APLICACIÓN:

1.- A los efectos de la determinación del número de miembros se tomara en consideración la información obrante en la última actualización del Padrón Municipal de Habitantes.

2.- Las solicitudes de bonificación de tasas se presentaran en las Oficinas de la Escuela de Música en el momento de realizar la matricula y se acompañara de la siguiente documentación:

2.a) Certificado de Convivencia.

2.b) En el caso 1) "Por ingresos económicos". Justificante de los ingresos provenientes de salarios, pensiones u otros conceptos de todos los miembros de la unidad familiar que perciben algún tipo de retribución.

2.c) En el caso 2) "Por familia numerosa", el libro de familia numerosa actualizado.

3.- A las personas que tengan derecho a bonificación, ésta se les aplicará en el momento del pago de matricula.

4.- Dado que las bonificaciones no tienen carácter acumulativo, el beneficiario podrá optar por la que más le interese.

5.-La bonificación que eventualmente puede concederse, se entenderá exclusivamente para el ejercicio en que se solicite.

Tabla correspondiente a la bonificación por ingresos económicos.

Las cantidades señaladas en la tabla, se modificarán en la medida que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco las modifique.

OHARRA: En las solicitudes presentadas se examinara la ultima Declaración de la Renta realizada por el solicitante, y de esta se examinara el capitulo correspondiente a "TOTAL COMPONENTES POSITIVOS" (salario neto)."

El alcalde recuerda que la pretensión de los precios es la de llegar a cubrir con las matrículas un tercio del gasto. Pello Garbizu apunta el dato del descenso de matrícula lo que supone una subida mayor para alcanzar el objetivo marcado por el alcalde. A juicio de Imanol Esnaola el descenso en la matriculación también tiene otros motivos, como puede ser el aumento de la oferta de ocio que por suerte se ofrece hoy en Lezo, refiriéndose al nuevo equipamiento deportivo.

Realizada votación se aprueba el dictamen con siete votos a favor, el del alcalde y resto de concejales de Batasuna y seis abstenciones, las de los concejales de PNV, EA Y PSE.

Abandonan la sesión las concejales Iñake Urrestarazu y Ainhoa Villanúa.

12.- Ruegos y preguntas.

El alcalde dice que no han tenido tiempo para preparar las respuestas a las preguntas realizadas por Pello Garbizu y registradas hoy a la mañana.

Pello Garbizu retira las preguntas y las deja para la próxima sesión.

Cierre del acta

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 21:15 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 310.340 al 310.358, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna